Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 07/05/2026

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 21 de abril de 2026, de la Universidad Pablo de Olavide, de la Delegación del Rector para la Igualdad de Género, por la que se resuelve una beca de formación vinculada a la Oficina para la Igualdad, dependiente de la Delegación del Rector para la Igualdad de Género de la Universidad Pablo de Olavide, convocada por Resolución de 17 de febrero de 2026.

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Vista la propuesta formulada en el acta de 20 de marzo, por la Comisión de Selección a que se refiere el apartado «Selección», de la Resolución de 17 de febrero de 2026, por la que se convocan una beca de formación vinculadas a la Oficina para la Igualdad, dependiente de la Delegación del Rector para la Igualdad de Género de la Universidad Pablo de Olavide, una vez realizadas las entrevistas previstas en la convocatoria, la Delegada de Igualdad,

HA RESUELTO

Primero. Adjudicar la beca a la candidata con mayor puntuación que figura en el Anexo I, estableciendo una lista de espera a efectos de cubrir posibles renuncias, con las candidatas que se relacionan, ordenados por orden de puntuación.

Segundo. Aprobar la relación de solicitudes excluidas contenida en el Anexo II por las causas que se indican en el mismo.

Tercero. Las beneficiarias de la ayuda queda obligada a:

a) Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede.

b) Aceptar las normas incluidas en la convocatoria, así como las establecidas por la Gerencia de la Universidad, para la justificación del gasto de los fondos públicos.

c) Cumplir el régimen de formación y colaboración establecido por la Dirección del Centro al que resulten adscritos.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa. Contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Sevilla, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que alternativamente pueda interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación presunta.

Sevilla, 21 de abril de 2026.- El Rector, Francisco Oliva Blázquez.

ANEXO I

Persona adjudicataria de la beca de formación y orden de aspirantes suplentes

DOCUMENTO INICIALES ESTADO
***9091** VME ADJUDICADA
***1514** GGE SUPLENTE
***4881** BAE SUPLENTE
***5914** BRM SUPLENTE

ANEXO II

Personas excluidas

DOCUMENTO INICIALES ESTADO
***0293** RMA NO CUMPLIR REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
***0316** SBLA NO CUMPLIR REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA

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