Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 08/05/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias

Resolución de 4 de mayo de 2026, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, de delegación de competencias en la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Regional de Málaga para la firma de convenio.

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El Servicio Andaluz de Salud (en adelante SAS), en el marco de la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación del Sistema Sanitario Público de Andalucía, es la Agencia Administrativa responsable de la gestión de los centros e Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía integrados en el SSPA y, por tanto, de las funciones asistenciales, docentes e investigadoras que estas Instituciones Sanitarias desarrollan.

El Gobierno de Andalucía considera prioritaria la política de estabilización de investigadores, recogida en la Estrategia de I+D+i de Andalucía (EIDIA) y en su programa sectorial en salud, la Estrategia de Investigación e Innovación en Salud de Andalucía (EIISA). Desde el año 2012, el Servicio Andaluz de Salud (SAS) viene desarrollando programas de estabilización de investigadores, entre los que destaca el Programa Nicolás Monardes (NM). Dicho programa se concibió con la vocación de posibilitar la creación de plazas estables y permanentes para investigadores de excelencia en el marco del Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA), y así se ha ido desarrollando, manteniendo la evaluación continuada del trabajo investigador, pero estableciendo periodos cada vez más amplios para la misma. No obstante, con el paso del tiempo y las circunstancias propias de cada una de las Fundaciones Gestoras de la investigación, se ha generado una heterogeneidad en las modalidades contractuales de los beneficiarios del Programa NM, con contratos indefinidos de actividades científico-técnicas vinculados a la ayuda NM.

En 2023, la Agencia Estatal de Investigación (AEI) convocó por segunda vez las ayudas CONSOLIDA, orientadas a garantizar la estabilización laboral del personal investigador y a apoyar la consolidación de sus líneas de I+D. Dichas ayudas imponen como condición que, antes de la finalización del periodo de concesión (junio de 2026 en el caso de los beneficiarios andaluces de la convocatoria 2023), la entidad beneficiaria haya creado plazas permanentes desvinculadas de cualquier programa de ayudas directas a su contratación. Compromiso que en su día fue suscrito por la Consejería competente en materia de Salud. Este compromiso, para ser viable, obliga a articular mecanismos jurídicos que permitan garantizar dicha desvinculación de forma efectiva y verificable por la AEI.

En Andalucía, tres investigadores contratados en el marco del Programa NM por FIMABIS resultaron beneficiarios de la convocatoria de 2023. Esta circunstancia hace necesario articular un nuevo instrumento jurídico que adapte la política autonómica de estabilización a los requisitos establecidos por la AEI y garantice el cumplimiento de los compromisos adquiridos.

Adicionalmente, la experiencia acumulada con el Programa NM y la consolidación de los Institutos de Investigación Sanitaria andaluces (constituidos entre 2006 y 2016 y progresivamente acreditados por el Instituto de Salud Carlos III) aconsejan atribuir a los IIS un papel más relevante, tanto en la supervisión científica como en la corresponsabilidad en la gestión de esta política de estabilización.

Por ello, como continuación del apoyo a esta política de estabilización de investigadores y para la adaptación a los requisitos de la ayuda CONSOLIDA, se propone la creación de un nuevo «Programa de apoyo a la estabilización de investigadores en los Institutos de Investigación Sanitaria participados por el SAS». En este marco, articulado mediante un Convenio específico, los investigadores del Programa Nicolas Monardes, beneficiarios de una ayuda CONSOLIDA, dejarán de tener contratos vinculados al Programa NM, las fundaciones de gestión beneficiarias de las ayudas darán respuesta a los compromisos adquiridos y los IIS reforzarán su papel en la supervisión científica y en la gestión de esta política autonómica de estabilización.

En vista de las consideraciones anteriores, con objeto de procurar mayor agilidad a las suscripción del mencionado convenio, a su gestión y a sus desarrollos anuales, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre de Administración de la Junta de Andalucía, por el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por el Decreto 168/2025, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, y por el Decreto 293/2023, de 27 de diciembre, de mi nombramiento,

RESUELVO

1. Delegar en la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Regional de Málaga el ejercicio de las competencias necesarias para la suscripción y gestión del convenio de colaboración entre el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y el Instituto de Investigación Biomédica de Málaga-Plataforma Bionand (IBIMA-BIONAND), para el desarrollo del programa de apoyo a la estabilización de investigadores y consolidación de las líneas de I+d+i de las unidades clínicas del SAS, en los Institutos de Investigación Sanitaria, en el marco de las ayudas del programa «CONSOLIDA», así como para su eventual renovación si procede.

2. Las competencias delegadas por la presente resolución serán ejercidas con arreglo a las normas de general aplicación. En los actos, resoluciones y acuerdos que se adopten en virtud de esta delegación, se hará constar expresamente tal circunstancia, con mención de la fecha de aprobación de la resolución y de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», y se considerarán dictados por el órgano delegante.

3. Conforme a lo establecido en el artículo 102.4 y 103 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, la persona titular de la Dirección Gerencia podrá revocar o avocar en cualquier momento el conocimiento y la resolución de cualquier asunto comprendido en la delegación a que se refiere la presente resolución, sin perjuicio de que dicha delegación subsista en tanto no sea revocada o modificada de modo expreso.

4. Conforme a lo dispuesto en el artículo 112.c) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, ponen fin a la vía administrativa, en los mismos casos y términos que corresponderían al órgano delegante, las resoluciones que se dicten en el ejercicio de las competencias delegadas por esta resolución.

Sevilla, 4 de mayo de 2026.- La Directora Gerente, María del Valle García Sánchez.

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