Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 12/05/2026

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 7 de mayo de 2026, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se modifica parcialmente la distribución de créditos y se reajustan las anualidades establecidas por la Resolución de 11 de junio de 2025, de la citada Dirección General, por la que se convocan para el año 2025 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 12 de mayo de 2021.

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La Resolución de 11 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2025 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 12 de mayo de 2021, (BOJA núm. 115, de 18.6.2025), establece en el punto 2 del resuelvo décimo la distribución de los créditos aprobados para la convocatoria y fija las cuantías máximas entre los diferentes ámbitos territoriales y funcionales de competitividad contemplados en la misma, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial.

Por su parte, en el punto 1 del resuelvo decimoprimero de la misma Resolución de 11 de junio de 2025, se establece que, si tras la resolución de concesión existiesen créditos sobrantes, de los fijados en el citado punto 2 del resuelvo décimo, en alguno de los ámbitos territoriales y funcionales establecidos, éstos se distribuirán con los mismos criterios de distribución territorial que los iniciales, previa modificación de la distribución de los créditos aprobados, entre los ámbitos territoriales y/o funcionales de la convocatoria en las existan solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos ámbitos, de forma que, respetando el orden de evaluación establecido, se posibiliten resoluciones complementarias para la concesión de las subvenciones que incluyan dichas solicitudes.

Los créditos máximos anteriormente referidos, fijados para los ocho ámbitos provinciales se distribuyeron al 50% entre las anualidades 2025 y 2026, teniendo en cuenta que la forma de pago establecida en la Orden de 12 de mayo de 2021, de bases reguladoras, es mediante un primer pago, correspondiente al 50% del importe total de la cantidad concedida, tras la publicación de la resolución de concesión, ostentando este pago la forma de pago en firme con justificación diferida, y el 50% restante en un segundo pago, que se librará el ejercicio siguiente, una vez finalizada la actividad o proyecto subvencionado y previa presentación por la entidad beneficiaria de los documentos justificativos correspondientes.

Tras dictar las resoluciones de concesión para los ocho ámbitos territoriales y funcionales establecidos en la convocatoria, se constatan los siguientes créditos sobrantes o no comprometidos, respecto a los totales autorizados en cada ámbito, de los aprobados para la convocatoria:

a) Línea 1. Subvenciones para el fomento de las inversiones en prevención de riesgos laborales.

PROVINCIA CRÉDITO CONVOCATORIA LÍNEA 1 (G/31C/77100) RESOLUCIÓN CONCESIÓN LÍNEA 1 (G/31C/77100) TOTAL CRÉDITO AUTORIZADO NO COMPROMETIDO (G/31C/77100)
ALMERÍA 379.788,18 € 328.337,71 € 51.450,47 €
CÁDIZ 527.562,40 € 512.695,34 € 14.867,06 €
CÓRDOBA 485.838,98 € 482.184,02 € 3.654,96 €
GRANADA 774.489,02 € 765.961,03 € 8.527,99 €
HUELVA 318.378,82 € 274.422,30 € 43.956,52 €
JAÉN 450.314,12 € 418.567,01 € 31.747,11 €
MÁLAGA 722.543,08 € 510.844,10 € 211.698,98 €
SEVILLA 701.085,40 € 441.515,49 € 259.569,91 €
TOTAL 4.360.000,00 € 3.734.527,00 € 625.473,00 €

Por otra parte, en el ámbito de las provincias de Córdoba y Granada existen solicitudes en la Línea 1 que, aún cumpliendo todos los requisitos, no han resultado beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en los respectivos ámbitos, para las cuales sería necesario un crédito total de 497.969,97 € en la posición presupuestaria G/31C/77100 de financiación de los citados expedientes de la Línea 1.

Así mismo, en la provincia de Granada también resulta necesario conceder un nuevo expediente en la misma Línea 1, expediente PL1252025GR000000282, a resulta de la estimación del recurso administrativo presentados por la entidad solicitante, que suponen una necesidad de crédito adicional de 8.780,09 € en la misma posición presupuestaria G/31C/77100/18.

A vista de lo antedicho, resulta una necesidad de crédito total de 506.750,06 € con la distribución por anualidades y provincia de concurrencia que a continuación se detalla.

PROVINCIA NECESIDADES CRÉDITO LÍNEA 1 (G/31C/77100) ANUALIDAD 2026 (G/31C/77100) ANUALIDAD 2027 (G/31C/77100)
CÓRDOBA 107.950,90 € 53.974,95 € 53.975,95 €
GRANADA 398.799,16 € 199.399,55 € 199.399,61 €
TOTAL 506.750,06 € 253.374,50 € 253.375,56 €

De esta forma, y a la vista del crédito total necesario de 506.750,06 € para la Línea 1, para conceder todas las solicitudes presentadas en la convocatoria de referencia, que aún cumpliendo todos los requisitos, no han resultado beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en el ámbito de la provincia correspondiente, así como por la estimación del recurso administrativo correspondiente, se hace necesario distribuir los créditos sobrantes tras la resolución de la convocatoria, aplicando los mismos criterios de distribución territorial que los iniciales y previa modificación de la distribución de los créditos aprobados, entre los ámbitos territoriales y/o funcionales de la convocatoria en las existen solicitudes que aún cumpliendo todos los requisitos no han sido beneficiarias, de forma que, respetando el orden de evaluación establecido, se posibiliten resoluciones complementarias para la concesión de las subvenciones que incluyan dichas solicitudes.

Por tanto, a la vista de lo anteriormente expuesto, se hace necesario el siguiente reajuste en los créditos máximos destinados entre los ámbitos funcionales de las provincias señaladas, al objeto de ajustar los créditos máximos aprobados para finalizar la convocatoria en las provincias afectadas:

a) Línea 1. Subvenciones para el fomento de las inversiones en prevención de riesgos laborales.

PROVINCIA CRÉDITO INICIAL CONVOCATORIA LÍNEA 1 (G/31C/77100) TOTAL AUTORIZADO NO COMPROMETIDO (G/31C/77100) NECESIDADES CRÉDITO LÍNEA 1 (G/31C/77100) MODIFICACIÓN CRÉDITO LÍNEA 1 (G/31C/77100) CRÉDITO DEFINITIVO CONVOCATORIA LÍNEA 1 (G/31C/77100)
CÓRDOBA 485.838,98 € 3.654,96 € 107.950,90 € 104.295,94 € 590.134,92 €
GRANADA 774.489,02 € 8.527,99 € 398.799,16 € 390.271,17 € 1.164.760,19 €
HUELVA 318.378,82 € 43.956,52 € 0,00 € -43.956,52 € 274.422,30 €
MÁLAGA 722.543,08 € 211.698,98 € 0,00 € -211.698,98 € 510.844,10 €
SEVILLA 701.085,40 € 259.569,91 € 0,00 € -238.911,61 € 462.173,79 €
TOTAL 3.002.335,30 € 527.408,36 € 506.750,06 € 0,00 € 3.002.335,30 €

En su virtud, y de conformidad con el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, la Orden de 12 de mayo de 2021, de bases reguladoras y la Resolución de 11 de junio de 2025, de convocatoria,

RESUELVO

Primero. Modificación de distribución de créditos.

Modificar la distribución de los créditos máximos fijados en el punto 2.a) del resuelvo décimo de la Resolución de 11 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se convocan para el año 2025 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 12 de mayo de 2021, con el consiguiente reajuste de anualidades y en el siguiente sentido:

a) Línea 1. Subvenciones para el fomento de las inversiones en prevención de riesgos laborales.

PROVINCIA CRÉDITO CONVOCATORIA LÍNEA 1 (G/31C/77100) ANUALIDAD 2025 (G/31C/77100) ANUALIDAD 2026 (G/31C/77100) ANUALIDAD 2027 (G/31C/77100)
ALMERÍA 379.788,18 € 189.894,09 € 189.894,09 € 0,00 €
CÁDIZ 527.562,40 € 263.781,20 € 263.781,20 € 0,00 €
CÓRDOBA 590.134,92 € 241.091,95 € 295.067,02 € 53.975,95 €
GRANADA 1.164.760,19 € 382.980,47 € 582.380,11 € 199.399,61 €
HUELVA 274.422,30 € 137.211,12 € 137.211,18 € 0,00 €
JAÉN 450.314,12 € 225.157,06 € 225.157,06 € 0,00 €
MÁLAGA 510.844,10 € 255.422,00 € 255.422,10 € 0,00 €
SEVILLA 462.173,79 € 231.086,88 € 231.086,91 € 0,00 €
TOTAL 4.360.000,00 € 1.926.624,77 € 2.179.999,67 € 253.375,56 €

Segundo. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de mayo de 2026.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 12.5.2021, BOJA núm. 93, de 18.5.2021), el Director General, Luis Roda Oliveira.

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