Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 22/05/2026

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Ayuntamientos

Edicto de 8 de mayo de 2026, del Ayuntamiento de Alcalá la Real, complementario al Edicto de aprobación inicial del Plan Parcial NS-2.1 publicado en el BOP de la provincia de Jaén, núm. 109, de 10 de junio de 2025. (PP. 980/2026).

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EDICTO

EL ALCALDE DEL EXCMO AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ LA REAL

Hace saber: Que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 8.4.2025, en relación con el expte. núm. 9598/2022, relativo a la aprobación inicial del Plan Parcial de Ordenación NS-2.1, Alcalá la Real, junto al estudio ambiental estratégico, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero. Aprobar inicialmente el plan parcial junto al estudio ambiental estratégico y continuar con el procedimiento de evaluación ambiental estratégica.

Segundo. Someter a información pública por un plazo no inferior a 45 días mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el portal web del Ayuntamiento, incluyendo un resumen ejecutivo con el contenido establecido en el artículo 85.1.e) del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía y recogiendo en la publicación expresamente lo reflejado en el artículo 8 del mencionado Decreto:

a) Órgano que acuerda la información pública y fecha del acuerdo.

b) Instrumento urbanístico o expediente sometido a información pública.

c) Ámbito de aplicación, indicando municipio y provincia.

d) Identidad del promotor.

e) Duración del período de información pública y momento a partir del cual debe considerarse iniciado.

f) Portal web y, en su caso, lugar y horarios dispuestos para la consulta del instrumento o expediente.

g) Sede electrónica y, en su caso, otros medios dispuestos para la presentación de alegaciones, sugerencias y cualesquiera otros documentos.

Tercero. Otorgar trámite de audiencia a los propietarios, conforme a los datos que figuren en las certificaciones catastrales y del Registro de la Propiedad, incluidas en la delimitación del ámbito del plan parcial y a los siguientes órganos y entidades administrativas gestores de intereses públicos afectados:

“Consejería con competencias en materia de minas, energía y patrimonio.”

Cuarto. Suspender el otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias por plazo máximo de tres años desde la publicación del acuerdo de aprobación inicial, publicando dicho acuerdo de suspensión expresamente en el Boletín Oficial y en el portal de la Administración urbanística conforme al mismo artículo 8 citado en el punto anterior; recogiendo en el mismo expresamente lo siguiente:

“el presente acuerdo de suspensión no impedirá que puedan concederse licencias o autorizaciones basadas en el régimen urbanístico vigente, siempre que sean conformes con las determinaciones del instrumento de ordenación urbanística en tramitación”

produciendo sus efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y quedará extinguido, en todo caso, con la publicación y entrada en vigor del plan parcial objeto de este expediente.

Quinto. Solicitar, durante dicho trámite, aquellos informes sectoriales previstos legalmente como preceptivos, que se encuentran recogidos en el informe suscrito por el Jefe de las Áreas de Urbanismo, Arquitectura, Patrimonio e Infraestructuras:

TRÁMITES, AUTORIZACIONES E INFORMES SECTORIALES PRECEPTIVOS

Organismo de Cuenca - Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Art. 9.4 y 78.1 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29 /1985, de 2 de agosto, de Aguas. Se encuentra dentro de la zona de policía del cauce público Arroyo de la Hondonera, dentro de la franja de 100 m. conforme establece el art. 6.1.b) del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. Es necesaria autorización administrativa previa del Organismo de Cuenca.

Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Art. 32 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. Se encuentra dentro de la zona de afección de 50 m de la carretera N-432, por lo que deberá evacuarse Autorización Administrativa del titular de la carretera, en este caso.

Sexto. Remitir un ejemplar completo del presente Plan Parcial aprobado inicialmente debidamente diligenciado acompañando a la solicitud del informe preceptivo y vinculante que debe emitir la Consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a su presentación en el registro del órgano competente para su emisión».

Lo que se hace público por un plazo de cuarenta y cinco (45) días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78.3 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA), artículo 104.1 y 2), en relación con el artículo 8, del Decreto 5050/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, y artículo 38 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA).

Alcalá la Real, 8 de mayo de 2026.- El Alcalde, Antonio Marino Aguilera Peñalver.

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