Resolución de 18 de mayo de 2026, de la Viceconsejería, por la que se declara desierto el puesto de trabajo de libre designación convocado por Resolución de 23 de marzo de 2026.
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De conformidad con lo previsto en los artículos 124 y 128 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, y en los artículos 78 y 79 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, por el que se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía, esta Viceconsejería, en virtud de la Orden de 27 de noviembre de 2023, por la que se delegan y se atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería y de sus entidades instrumentales, resolvió convocar, mediante Resolución de 23 de marzo de 2026, la provisión del puesto de trabajo de libre designación, Secretaría del Presidente, código 8087810, adscrito al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía. La citada resolución se publicó en el BOJA núm. 60, de 27 de marzo.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, y en el artículo 82 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, que establecen que la facultad de proveer los puestos de libre designación corresponde a las personas titulares de las Consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía y agencias del sector público andaluz, y que su nombramiento se realizará a propuesta motivada de la persona titular del centro, organismo u órgano al que esté adscrito el puesto de trabajo a cubrir, de acuerdo con la propuesta del titular de la presidencia del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, de 13 de mayo de 2026, de declarar desierto el puesto designado «Secretaría del Presidente», con código 8087810, por falta de candidato idóneo, y habiéndose observado el procedimiento debido, esta Viceconsejería, en virtud de la Orden de 27 de noviembre de 2023, por la que se delegan y se atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería y de sus entidades instrumentales,
RESUELVE
Declarar desierto el puesto de libre designación «Secretaría del Presidente», con código 8087810, adscrito al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, convocado por Resolución de esta Viceconsejería, de 23 de marzo de 2026, y que figura en el Anexo I.
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada directamente, a elección del recurrente, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga el mismo su domicilio o ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 18 de mayo de 2026.- La Viceconsejera, Amelia Ignacia Martínez Sánchez.
ANEXO I
Centro Directivo: Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía.
Centro de destino: Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía.
Código SIRhUS: 8087810.
Denominación del puesto: Secretaría del Presidente.
Núm. plazas: 1.
Adscripción: F.
Modo acceso: PLD.
Grupo/Subgrupo: C1 – C2.
Cuerpo preferente: C1.1000.
Área funcional: Administración Pública.
Nivel: 18.
Complemento específico: XXXX – 11.617,08 euros.
Experiencia: 1 año de experiencia en el área funcional, relacional o de la misma agrupación de áreas a que está adscrito el puesto de trabajo convocado, con independencia del Grupo o Subgrupo en el que dicha experiencia se hubiese adquirido. Solo se tendrá en cuenta dicha agrupación cuando comprenda las áreas funcionales del puesto convocado y de los puestos desempeñados.
Localidad: Sevilla.
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