Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 26/05/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 20 de mayo de 2026, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se anuncia la constitución del sindicato denominado Coordinadora Andalucía por la Unidad de Trabajadores de los Puertos, en siglas CAU TP.

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Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por don Juan Miguel Sánchez Vázquez mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2026/000197.

Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 13.5.2026 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 18.5.2026.

Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por don José Domingo Rodríguez Banda, don Carlos Tejada Ortiz y doña María Angustias García Salas, todos ellos en calidad de promotores.

Se indica que el domicilio de la organización se fija en el Muelle Pesquero, local 267, 11205 Algeciras (Cádiz), su ámbito territorial es regional y el funcional es el establecido en el artículo 1 de sus estatutos.

En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2.g) de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General, acuerda:

- Admitir el depósito de la constitución del sindicato denominado Coordinadora Andalucía por la Unidad de Trabajadores de los Puertos, en siglas CAU TP, con número de depósito 71100316.

- Ordenar la publicación de esta resolución en BOJA, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada, conforme dispone el art. 13, último párrafo, del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, sobre deposito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa; frente a ella puede interponerse recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes ante el titular de la Secretaría General del CARL; o conforme a lo dispuesto en el art. 15 del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11 de octubre de 2011).

Sevilla, 20 de mayo de 2026.- El Secretario General, Francisco Pina Pérez.

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