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Resolución de 4 de junio de 2020, de la Dirección General de Administración Local, por la que se reconoce y cuantifica la obligación máxima reconocida para cada una de las entidades locales beneficiarias del Programa Andaluz de colaboración financiera específica extraordinaria con las entidades locales andaluzas con población superior a 1.500 habitantes e igual o inferior a 5.000 habitantes, para el reforzamiento y cobertura de sus servicios públicos aprobado por el Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito del empleo y medidas complementarias con incidencia en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19) (BOJA extraordinario núm. 20, de 29.4.2020). (BOJA núm. 112, de 12 de junio de 2020).
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Esta disposición se publicó en: | 12/06/2020 |
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