Junta de Andalucía

Agencia Andaluza del Conocimiento

Programa Talentia

 

Regímenes de movilidad

El programa Talentia Postdoc establece dos regímenes de movilidad que podrás establecer para enmarcar el desarrollo de tu proyecto de investigación según tu criterio y perfil. En ambos casos, la entidad contratante siempre será un Agente de Generación del Conocimiento (ver apartado 1 de la clasificación en el enlace) del Sistema Andaluz del Conocimiento:

  • Salida: Pasarías un período entre 12 y 18 meses en una entidad de investigación en el extranjero en cualquier país del mundo, que previamente haya acordado contigo tu estancia y te haya invitado. Esta entidad actuará en calidad de anfitriona. El resto del tiempo (entre 6 y 12 meses), hasta completar los 24 meses de tu contrato, desarrollarás el proyecto de investigación en un agente andaluz de generación del Sistema Andaluz del Conocimiento, que actuaría como entidad contratante.
  • Entrada: Pasarías los 24 meses de contrato, para el desarrollo del proyecto de investigación, en un agente andaluz de generación del Sistema Andaluz del Conocimiento, que actuaría como entidad anfitriona y entidad contratante simultáneamente.

Agentes de Generación de Conocimiento

Mapa de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento (actualizado a 25/06/2012)

Inventario de Grupos de Investigación (2010)

Tanto las entidades colaboradoras como las entidades anfitrionas deberán poder ser definidas como organismos de investigación conforme a lo establecido en el apartado 2.2.d) del Marco Comunitario sobre ayudas estatales a la investigación, desarrollo e innovación (2006/C 323/01) es decir, una entidad, tal como una universidad o instituto de investigación, con independencia de su condición jurídica (constituido con arreglo a Derecho público o privado), cuyo principal objetivo sea realizar investigación fundamental, investigación industrial y desarrollo experimental y difundir los resultados de las mismas mediante la enseñanza, la publicación o la transferencia de tecnología; todos los beneficios se reinvertirán en esas actividades, la divulgación de sus resultados o la enseñanza; las empresas que puedan ejercer influencia en dichas entidades, por ejemplo, en calidad de accionistas o miembros, no gozarán de acceso preferente a las capacidades de investigación de la entidad ni a los resultados de investigación que genere.
 


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