Junta de Andalucía

Agencia Andaluza del Conocimiento

Programa Talentia

 

Obligaciones

Sin perjuicio de las que se marcan en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 24 del texto articulado de las bases reguladoras, puede consultarse el apartado 23 del cuadro resumen para cada línea. Se destacan:

De información y publicidad:

Hacer referencia a su condición de persona beneficiaria del programa Talentia Máster o Talentia Doctorado de la Junta de Andalucía en los trabajos académicos o científicos publicados, incluida la Tesis Doctoral, así como en sus comparecencias y presentaciones públicas.

De carácer académico o científico:

  • Acreditar la incorporación al programa subvencionado.
  • Someterse al seguimiento periódico de su actividad académica o científica.
  • Acreditar la realización del programa, actividades y pruebas dentro de los plazos ordinarios
  • Acreditar el aprovechamiento del programa: superación de las pruebas y obtención del título. En caso de Doctorado, obtención también de la mención "Doctor Internacional"

Puedes escribir tus consultas a: talentia.seguimiento.aac@juntadeandalucia.es

De vinculación con el Sistema Andaluz del Conocimiento (Talentia Doctorado)

  • Mantener la vinculación a un grupo o proyecto de investigación dentro del Sistema Andaluz del Conocimiento durante los cuatro años posteriores a la lectura de la Tesis Doctoral.
  • Adicionalmente, las personas beneficiarias podrán acogerse a las condiciones de retorno a Andalucía establecidas para el programa Talentia Máster.

De retorno a Andalucía (Talentia Master):

  • Retornar a Andalucía para desarrollar su carrera profesional durante al menos 4 de los 8 años siguientes a la finalización del periodo lectivo del programa, considerándose los 4 años restantes como periodo de carencia.
    • El tiempo que se acredite ser demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo, no computará como periodo de carencia ni como cumplimiento de retorno a Andalucía.
    • Las mujeres que durante el periodo de carencia previo a retornar a Andalucía sean madres, verán ampliado dicho periodo en un año por cada nacimiento o adopción.
    • Las personas beneficiarias que, tras la plena finalización de su posgrado prosiguieran su formación para la obtención del título de doctor o doctora fuera de Andalucía, podrán disponer de una extensión del período de carencia para retornar a Andalucía por una duración inicial de dos años a contar desde la finalización del período incentivado, prorrogable por un máximo de dos años adicionales, condicionados a la evaluación que del seguimiento de los estudios doctorales realice la Comisión. La solicitud deberá realizarse ante el órgano concedente una vez completados los primeros dos años de estudios de Doctorado, aportando junto con la solicitud informe motivado.
  • Someterse al seguimiento periódico del compromiso de retorno a Andalucía.

Puedes escribir tus consultas a: talentiaregreso.aac@juntadeandalucia.es


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