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CUENTA GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA 2014
JUNTA DE ANDALUCÍA. MEMORIA
•
Garantizar el cumplimiento de las funciones de servicio público asignadas a los medios
de comunicación audiovisual.
•
Incentivar la elaboración de códigos deontológicos y la adopción de normas de auto-
rregulación.
•
Recibir peticiones, sugerencias y quejas formuladas por los interesados, ya sean indi-
viduales o colectivas a través de las asociaciones que los agrupen.
•
Solicitar de los anunciantes y empresas audiovisuales, por iniciativa propia o a instan-
cia de los interesados, el cese o la rectificación de la publicidad ilícita o prohibida.
•
Incoar y resolver, en el ámbito de sus competencias, los correspondientes procedi-
mientos sancionadores por las infracciones de la legislación relativa a contenidos y
publicidad audiovisuales.
•
Cooperar con los órganos análogos de ámbito autonómico, estatal y europeo.
•
Realizar estudios sobre los diversos aspectos del sistema audiovisual.
•
Ejercer labores de mediación entre las instituciones, los agentes del sistema audio-
visual y la sociedad; así como, en su caso, arbitrales de acuerdo con la normativa
vigente.
•
Acordar convenios de colaboración con los organismos de control de los medios audio-
visuales creados por las restantes Comunidades Autónomas y a nivel estatal.
•
Vigilar el cumplimiento de lo establecido en la Ley de creación del Consejo Audiovisual
Andaluz y en la normativa en materia de programación de contenidos audiovisuales y
emisión de publicidad, incluidos el patrocinio y la televenta.
•
Aquellas otras que por ley le vengan atribuidas.
Son órganos del Consejo Audiovisual de Andalucía:
•
Presidencia.
•
Consejeros.
•
Secretaría General, que consta de tres áreas: de contenidos, jurídica y de organización.
•
Gabinete de Presidencia.
•
Gabinete de Comunicación.
Consejería de
Administración
Local y Relaciones
Institucionales
Corresponde a la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales:
•
La información, coordinación y asistencia al Consejo de Gobierno en sus relaciones
con las Administraciones Locales de Andalucía, sin perjuicio de las competencias de
otras Consejerías, así como la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control
de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con las competencias
asignadas en régimen local, voluntariado y participación social, consumo, gestión de