Page 4 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Cuenta General de la
Comunidad Autónoma de Andalucía
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MEMORIA DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER
CUENTAS ANUALES
El Instituto Andaluz de la Mujer, en adelante IAM, como agencia administrativa adscrita a la
Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, es el organismo competente en la
coordinación de las Políticas de Igualdad, según la Disposición Adicional Única de la Ley 12/2007
de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía. De conformidad
con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, corresponde a la persona titular de la Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad, además de las funciones asignadas en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, una serie de competencias entre las
que se encuentran, “La coordinación de las políticas de igualdad de la Junta de Andalucía y la
determinación, coordinación y vertebración de las políticas de igualdad entre hombres y
mujeres.”, “La planificación, elaboración, desarrollo, coordinación, promoción de iniciativas e
impulso de las actuaciones y planes de violencia de género previstos en la Ley 7/2018, de 30 de
julio, por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y
protección integral contra la violencia de género.” y “ Todas aquellas políticas de la Junta de
Andalucía que, en materia de inclusión social, juventud, familias e igualdad tengan carácter
transversal”.
El Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, modificado por el Decreto 575/2022, de 27 de
diciembre, señala en su artículo 2.3 señala que el Instituto Andaluz de la Mujer está adscrito a
dicha Consejería; en concreto a su Viceconsejería, y en su artículo 14 concreta que, “El Instituto
Andaluz de la Mujer ejercerá las competencias en materia de igualdad que se detallan a
continuación, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos directivos:
a) La coordinación y asesoramiento a las Unidades de Igualdad de Género de las distintas
Consejerías.
b) La coordinación y establecimiento de las directrices para la elaboración del Plan
Estratégico para la igualdad entre mujeres y hombres en Andalucía.
c) La coordinación en la elaboración del informe periódico relativo a la efectividad del
principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito competencial de la
Administración de la Junta de Andalucía.
d) La determinación, vertebración, evaluación y coordinación de todas las actuaciones en
materia de igualdad competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.