Page 5 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Cuenta General de la
Comunidad Autónoma de Andalucía
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MEMORIA DE LA AGENCIA DE GESTIÓN AGRARIA Y PESQUERA DE ANDALUCÍA
Para el ejercicio en el ámbito territorial provincial de las funciones y competencias que
corresponden a la AGAPA, las Delegaciones Provinciales de la Consejería a la que se encuentra
adscrita actuarán como Direcciones Provinciales de la misma. Se integran en la AGAPA las
Oficinas Comarcales y Locales Agrarias.
La AGAPA dispone de un Comité Consultivo para articular la participación, colaboración y
coordinación institucional.
La Planificación estratégica de la Agencia ha de quedar recogida en el Contrato Plurianual de
Gestión (Contrato o CPG en lo sucesivo), que esté vigente. El mismo se constituye como el
instrumento clave del modelo de gestión transparente y por resultados pretendido, y que
contiene los compromisos que la Agencia asume en relación con los objetivos a conseguir, los
planes para lograrlos y los recursos previstos para ello. Todo ello en relación con lo expresamente
previsto en el artículo 72 de la Ley 9/2007.
El CPG se rige por el Título V Sección Primera de los Estatutos de la Agencia, en cuyo artículo 25
se establece su contenido y en el artículo 26 su procedimiento de elaboración y su vigencia. El
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2020 aprobó el contrato plurianual de
gestión de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía para el período 2021-2024.
Según el artículo 7 de los Estatutos, corresponden a la Agencia las siguientes funciones y
competencias generales en relación con las asignadas a la Consejería a la que se encuentra
adscrita, y en el marco de la planificación y coordinación efectuada por esta:
En materia de gestión de subvenciones y ayudas:
La gestión y tramitación de expedientes de concesión ayudas y subvenciones en las fases y
términos que se establezcan en sus normas reguladoras, la realización de los controles
administrativos y sobre el terreno necesarios para la gestión de ayudas y subvenciones, y el
control de la condicionalidad.
En materia de inspección, vigilancia y control:
La ejecución de las funciones de inspección y vigilancia relativas a la producción y sanidad animal
y vegetal. La ejecución de las funciones de inspección y vigilancia relativas a la calidad
agroalimentaria y sobre el funcionamiento de los mercados agrarios y alimentarios.
El ejercicio de las labores inspectoras y de vigilancia de la actividad acuícola, marisquera y
pesquera, lonjas y de cualquier actividad derivada de la ordenación del sector pesquero.
La ejecución de cualesquiera otras funciones de inspección, vigilancia y control en materia
agraria, pesquera y acuícola que le sean atribuidas