Page 4 - Memoria de la Junta de Andalucía
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Cuenta General de la
            Comunidad Autónoma de Andalucía
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            MEMORIA DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO






            CUENTAS ANUALES




            El Servicio Andaluz de Empleo (en adelante SAE), como órgano gestor de la política de empleo de
            la Junta de Andalucía, se creó por la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, como organismo autónomo de
            carácter administrativo adscrito a la Consejería competente en materia de empleo, para realizar las
            actividades administrativas y demás funciones y competencias establecidas en su Ley de creación
            y cualquier otra actividad, competencia o función que específicamente se le atribuya. No obstante,
            desde principios de 2011, y a raíz de la aprobación de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación
            del sector público de Andalucía, el SAE vio modificada su naturaleza jurídica y pasó a configurarse
            como agencia de régimen especial de las previstas en el artículo 54.2.c) de la Ley 9/2007, de 22 de
            octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Los primeros Estatutos del SAE se
            aprobaron mediante Decreto 148/2005, de 14 de junio.



            La aprobación de la mencionada Ley 1/2011, de 17 de febrero, ordenó la subrogación del SAE en
            todas las relaciones jurídicas, bienes, derechos y obligaciones de los que era titular la Fundación
            Andaluza Fondo de Formación y Empleo, debiendo quedar extinguida esta fundación con la
            aprobación de los nuevos Estatutos del SAE, así como del personal de los Consorcios UTEDLT de
            Andalucía. Como consecuencia de ello, se publicó el Decreto 96/2011, de 19 de abril, por el que se
            aprobaron los Estatutos del SAE. De acuerdo con los mismos, el SAE se estructura en los siguientes
            órganos:




            En la organización central:


                 1.  Órganos de dirección:

                     Unipersonales:

                         -  Presidencia
                         -  Dirección-Gerencia
                         -  Direcciones Generales, que en su caso se establezcan
                     Colegiados:

                         -  Consejo de Administración
                 2. Un órgano consultivo: Consejo Asesor
                 3.  Un órgano de control: Comisión de Control
                     En la organización periférica:

                         -  Direcciones Provinciales
                         -  Comisiones Provinciales
                         -  Áreas Territoriales de Empleo
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