Page 194 - Memoria de la Junta de Andalucía
P. 194
Cuenta General de la
Comunidad Autónoma de Andalucía
194
MEMORIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
una vez conocido el importe consignado como transferencia para tal fin en los Presupuestos
Generales del Estado.
En los Presupuestos Generales del Estado de 2022, se incluyen Fondos de Compensación para la
Comunidad Autónoma de Andalucía por importe global de 160,74 M€. De esta cantidad 120,73
M€ y 40,24 M€ al Fondo Complementario.
En el ejercicio 2022 se ha certificado a la Administración Central la totalidad de los créditos
asignados a la Comunidad en concepto de Fondos por 160,97 M€. Asimismo, se ha recaudado la
totalidad de los derechos reconocidos por idéntico importe y se ha ejecutado el 100% de las
dotaciones, sin que se produzcan desviaciones ni remanentes.
6.3. GASTOS FINANCIADOS CON INGRESOS FINALISTAS
El capítulo “Gastos financiados con ingresos finalistas” comprende las actuaciones
contempladas en el servicio 18 y financiadas con transferencias finalistas, en las cuales el
seguimiento del equilibrio entre los gastos y los ingresos se realiza a través de los códigos de
financiación.
En los listados de la Cuenta General se ofrece el detalle de las actuaciones realizadas,
identificándose, mediante el citado código de financiación, la finalidad de la actividad y la
afectación existente entre derechos y obligaciones, y resumiéndose el grado de ejecución de
ingresos y gastos en cada código tanto en el ejercicio 2022 como en los anteriores, ofreciéndose
el detalle de las desviaciones de financiación del ejercicio corriente en la Junta de Andalucía que
ascienden a 1.187,92 M€ y que tras las rectificaciones y anulaciones correspondientes, arrojan
una desviación acumulada de 3.735,70 M€, de forma consolidada la desviación del ejercicio
corriente es de 1.246,70 M€ y acumulada de 3.986,99 M€.
6.4. OTROS INGRESOS FINALISTAS
6.4.1 CANON DE MEJORA
La Ley 9/2010, de 30 de Julio, de Aguas de Andalucía, configura el régimen económico-financiero
referido a los servicios en la gestión del agua, incorporando el “Canon de mejora de
infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma”.
El canon tiene la consideración de ingreso propio de la Comunidad Autónoma de Andalucía de
naturaleza tributaria, y tal y como dispone el artículo 80 de la propia Ley de Aguas, “los ingresos
procedentes del canon de mejora quedarán afectados a la financiación de las infraestructuras
de depuración declaradas de interés de la Comunidad Autónoma”.

