Ayudas para mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo. (ORDEN de 28 de junio de 2016. BOJA 125 de 1 de julio). Estas ayudas van dirigidas facilitar la integración social de aquellas mujeres víctimas de violencia de género que acrediten unos ingresos que no superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional y que debido a su edad, falta de preparación general o especializada y circunstancias sociales tengan especiales dificultades para obtener un empleo.
Programa de Renta Activa de Inserción para desempleadas/os con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo. RAI. (Real Decreto 1369/2006 de 24 de noviembre, BOE 290 de 5 de diciembre). En este programa se establecen medidas para aquellas/os desempleadas/os con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, que adquieran el compromiso de realizar actuaciones favorecedoras de su inserción laboral. También podrán ser beneficiarias de este programa aquellas mujeres que tengan acreditada la condición de víctima de violencia de género, que quedarán exceptuadas de los requisitos de ser mayor de 45 años y llevar más de 12 meses inscrita como demandante de empleo.