Cómo se incorporan las cláusulas de igualdad
Identificación del mandato normativo
Este paso supone, teniendo presente el objeto del contrato o de la subvención, el análisis tanto de las leyes de igualdad como de la normativa relacionada con el objeto para determinar que tipo de obligaciones establece la legislación vigente y deben, por lo tanto, incorporarse en la documentación.
Los mandatos normativos pueden ser diversos y obligar a incorporar la perspectiva de género de forma transversal, articular acciones positivas porque en el ámbito objeto del contrato existan grandes desigualdades (en el contrato de obras, por ejemplo), promover la generación de información útil para conocer la realidad de mujeres y hombres desagregando datos por sexo, incidir en la ruptura de estereotipos, en el uso de lenguaje no sexista, en la corresponsabilidad, en la necesidad de formación en materia de igualdad…

Por ejemplo
Se va a contratar una asistencia técnica para poner en marcha un programa de desarrollo rural en una Mancomunidad.
Analizada la ley de igualdad 12/2007 para la promoción de la igualdad de género, se identifica que el artículo 52 sobre mujeres del medio rural establece que se debe integrar la perspectiva de género en las actuaciones de desarrollo rural, además de favorecer su incorporación al ámbito laboral, la formación y la nuevas tecnologías.
Esto supone que en el contrato se pueden incluir cláusulas de igualdad que:
- Transversalicen la perspectiva de género en el objeto.
- Valoren la integración de la perspectiva de género en la ofertas que se presenten.
- Incluyan en las condiciones de ejecución la presencia de un porcentaje de mujeres en el equipo que ejecute el contrato.