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Proceso europeo de evaluación de la legislación en materia de aguaseuropeo de evaluación de la legislación en materia de aguas
                                                        Proceso












                 El Reglamento propuesto contribuye a la apli-            Regular las cuestiones relativas a la
                 cación en la UE de los objetivos de desarrollo    tramitación de los permisos / concesiones
                 sostenible, y en particular el ODS 6 sobre        para reutilizar.
                 Agua Potable y Saneamiento, que fija el obje-
                 tivo de aumentar de forma sustancial la rege-            Disponer las obligaciones para la pro-
                 neración y la reutilización segura del agua en    ducción, distribución y almacenamiento.
                 el mundo de aquí a 2030. La propuesta
                 podría complementar la futura modernización              Incorporar   tareas  armonizadas   de
                 de la Política Agrícola Común.                    gestión de riesgos (planes de gestión de
                                                                   riesgos).
                 El texto ha sido tramitado ya por el Comité
                 Europeo de las Regiones, por el Comité            Los Estados miembros solicitan flexibilidad
                 Económico y Social, por el Parlamento Euro-       en la aplicación del reglamento de forma que
                 peo en primera lectura y se está trabajando       se fomente la reutilización no suponiendo un
                 actualmente por el Consejo de la Unión Euro-      incremento desmesurado en los costes de
                 pea.                                              gestión, sin obligar a ella, y que se garantice
                                                                   la complementariedad con los marcos jurídi-
                 El Reglamento pretende:                           cos nacionales.

                        Establecer los requisitos mínimos ar-      El borrador de Reglamento, en su redacción
                 monizados de calidad (en particular, paráme-      actual, implica exigencias más rigurosas que
                 tros clave sobre patógenos de referencia) y       las recogidas en España actualmente en el
                 control que debe cumplir el agua para reutili-    Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre
                 zación.                                           por el que se establece el régimen jurídico
                                                                   de la reutilización de las aguas depuradas.



















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