Page 407 - IMA 2018.Informe-de-Medio-Ambiente-en-Andalucía
P. 407
Proceso europeo de evaluación de la legislación en materia de aguaseuropeo de evaluación de la legislación en materia de aguas
Proceso
El Reglamento propuesto contribuye a la apli- Regular las cuestiones relativas a la
cación en la UE de los objetivos de desarrollo tramitación de los permisos / concesiones
sostenible, y en particular el ODS 6 sobre para reutilizar.
Agua Potable y Saneamiento, que fija el obje-
tivo de aumentar de forma sustancial la rege- Disponer las obligaciones para la pro-
neración y la reutilización segura del agua en ducción, distribución y almacenamiento.
el mundo de aquí a 2030. La propuesta
podría complementar la futura modernización Incorporar tareas armonizadas de
de la Política Agrícola Común. gestión de riesgos (planes de gestión de
riesgos).
El texto ha sido tramitado ya por el Comité
Europeo de las Regiones, por el Comité Los Estados miembros solicitan flexibilidad
Económico y Social, por el Parlamento Euro- en la aplicación del reglamento de forma que
peo en primera lectura y se está trabajando se fomente la reutilización no suponiendo un
actualmente por el Consejo de la Unión Euro- incremento desmesurado en los costes de
pea. gestión, sin obligar a ella, y que se garantice
la complementariedad con los marcos jurídi-
El Reglamento pretende: cos nacionales.
Establecer los requisitos mínimos ar- El borrador de Reglamento, en su redacción
monizados de calidad (en particular, paráme- actual, implica exigencias más rigurosas que
tros clave sobre patógenos de referencia) y las recogidas en España actualmente en el
control que debe cumplir el agua para reutili- Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre
zación. por el que se establece el régimen jurídico
de la reutilización de las aguas depuradas.
407

