SESIÓN DEL

El Gobierno andaluz aprueba la constitución del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo

Este órgano, que no supondrá coste, reúne a Junta, organizaciones profesionales de autónomos, empresarios, sindicatos y municipios

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el Decreto que regula la composición y el funcionamiento del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo (CATA), un órgano colegiado que reunirá a representantes de las distintas consejerías del Gobierno andaluz, asociaciones profesionales de autónomos, organizaciones empresariales y sindicales y de los municipios andaluces para canalizar el derecho de participación institucional del colectivo a la hora del diseño de políticas y la aprobación de planes y medidas destinadas a este colectivo.

El decreto también crea el Registro de Acuerdos de Interés Profesional de Andalucía por parte del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales de Andalucía (CARL), así como el procedimiento y el funcionamiento de la comisión que valorará la representatividad de las asociaciones de autónomos en Andalucía.

La creación del CATA se ajusta tanto a la ley estatal de julio de 2007 que aprobó el Estatuto del Trabajo Autónomo, como a la ley andaluza de diciembre de 2011 de Promoción del Trabajo Autónomo que incluía la creación de este consejo de participación.

Tal como establece el decreto, el CATA será un órgano colegiado de participación administrativa que estará adscrito a la Consejería con competencias en materia de trabajo autónomo (en este caso a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo), con sede en Sevilla y sin integrarse jerárquicamente en la estructura. En cuanto al aspecto económico, la constitución y funcionamiento del CATA no supondrá ningún coste ni cuenta con asignación presupuestaria.

Composición

El Consejo estará integrado de forma paritaria por 18 miembros entre la Presidencia, la Vicepresidencia y 16 vocalías: cuatro correspondientes a las asociaciones profesionales del trabajo autónomo de Andalucía de carácter intersectorial que hayan sido declaradas representativas; dos vocalías de las organizaciones sindicales; dos vocalías de las organizaciones empresariales; una vocalía en representación de los municipios andaluces a propuesta de la asociación de municipios y provincias más representativas de ámbito andaluz; y siete vocalías con representantes la Administración de la Junta de Andalucía.

La Presidencia del Consejo la ostentará la persona titular de la consejería competente en materia de trabajo autónomo, que podrá delegar su puesto en el titular de la secretaría general que aborde esta materia u otro cargo público con rango de viceconsejería. Por su parte, la vicepresidencia corresponderá al titular de la dirección general con competencias en la materia, en este caso la directora de Trabajo Autónomo y Economía Social, Susana Romero.

Competencias

Con respecto a las competencias del CATA, emitirá informe preceptivo sobre el proyecto de Plan Estratégico del Trabajo Autónomo, los anteproyectos de ley de modificación de la ley Andaluza de Promoción del Trabajo Autónomo y el reglamento regulador del Distintivo Andaluz al Trabajo Autónomo de Excelencia. De igual modo, también emitirá informes sobre los anteproyectos de leyes y proyectos de decretos que incidan sobre el trabajo autónomo, el diseño de las políticas públicas andaluzas en esta materia, así como estudios o informes relacionados con la situación del colectivo. Asimismo, tendrá competencias para designar a la persona que ejercerá la representación andaluza en el Consejo del Trabajo Autónomo Estatal.

Por otra parte, el decreto también incluye la creación del Registro de Acuerdos de Interés Profesional de Andalucía en el seno del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales (CARL). Este registro estará disponible solo a los efectos de depósito y publicidad de los acuerdos de interés profesional concertados entre las asociaciones profesionales del trabajo autónomo de Andalucía o sindicatos que representen a las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes, y las empresas para las que ejecuten su actividad.

También se ha establecido la normativa y el régimen de funcionamiento de la Comisión de valoración de la representatividad de las asociaciones profesionales del trabajo autónomo de Andalucía y el procedimiento para efectuar la comprobación y valoración de los criterios de suficiente implantación en nuestra comunidad. De acuerdo a estos criterios, se establece que para evaluar la representatividad de las asociaciones deben acreditar su consideración de andaluzas contando con más del 50% de sus asociados con residencia y domicilio fiscal en Andalucía, así como estar inscritas en el registro de Asociaciones Profesionales del Trabajo Autónomo de Andalucía.

Asimismo, deberán demostrar que tienen una suficiente implantación en el territorio andaluz, tomando como referencia los datos del año natural anterior al de la solicitud para que se reconozca su representatividad, y contando con un número de asociados igual o superior al 5% de afiliados al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) en Andalucía. Igualmente, las asociaciones tienen que acreditar que tienen sedes permanentes en al menos cinco provincias, y contar con recursos humanos en cada una de ellas.

Andalucía es actualmente la comunidad autónoma con mayor número de trabajadores autónomos del país, con 565.696 afiliados al RETA. En el último año, la comunidad cuenta con 5.279 autónomos más, un 0,9% de incremento, y ha aportado el 44,6% de los nuevos trabajadores por cuenta propia de España en este periodo.

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