SESIÓN DEL

LA FUTURA LEY DE PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES PROHIBIRÁ EL MALTRATO Y EL ABANDONO CON MULTAS DE HASTA 30.000 EUROS

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de Ley de Protección de los Animales, una norma que castigará el maltrato y el abandono con sanciones de entre 2.000 y 30.000 euros. El proyecto, que cubre las lagunas de la actual legislación estatal en esta materia, prohíbe también las mutilaciones con fines estéticos y los espectáculos cruentos como las peleas de perros.

Además de garantizar el bienestar de los animales, especialmente los de compañía, la futura ley establecerá medidas para salvaguardar los derechos de todos los ciudadanos en aspectos como la higiene, la salud y la seguridad. En este sentido, los animales sólo podrán transitar por espacios públicos si no constituyen peligro para los transeúntes y deberán ir acompañados de sus poseedores, sujetos por correa y provistos de documentación. Aquellos que superen los veinte kilos de peso portarán bozal e irán conducidos por personas mayores de edad. Quienes lleven animales por la vía pública estarán obligados, en cualquier caso, a recoger sus defecaciones.

Otras prohibiciones incluidas en el proyecto hacen referencia a la venta ambulante de animales, a su adquisición por parte de menores de dieciséis años, a la permanencia en lugares donde causen molestias a los vecinos y a su utilización en atracciones feriales, competiciones, exhibiciones y fiestas populares, si ello supone sufrimiento.

En cuanto a la experimentación con animales, se exige el desarrollo de esta actividad bajo la vigilancia de personal facultativo debidamente autorizado y se prohíbe el uso de ejemplares abandonados, entre otras medidas.

En el proyecto se fija un plazo de tres meses a partir del nacimiento o la adquisición del animal para que el propietario lo inscriba en el Registro Municipal de Animales de Compañía, que será obligatorio en todos los ayuntamientos. En la misma línea de control sanitario, la norma exigirá a las clínicas y centros veterinarios ficheros clínicos a disposición de las administraciones.

En cuanto al régimen sancionador, además de las multas que podrán alcanzar los 30.000 euros, la norma prevé también medidas como la clausura temporal de instalaciones, la prohibición para el ejercicio comercial, el decomiso de animales o la prohibición de su tenencia por un periodo máximo de dos años.
 

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