SESIÓN DEL

LA JUNTA AGILIZA LOS TRÁMITES PARA EL TRASLADO DE ANIMALES SUJETOS A PROGRAMAS DE ERRADICACIÓN DE ENFERMEDADES

El Consejo de Gobierno ha acordado hoy modificar parcialmente la actual normativa sobre requisitos sanitarios del transporte de ganado, vigente desde 1998, con el objetivo de simplificar y agilizar trámites en el caso de movimiento de animales sujetos a programas de erradicación de enfermedades.

Esta modificación supondrá ampliar a todos los veterinarios adscritos a las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura y Pesca la posibilidad de expedir autorizaciones de traslado de animales. Además, permitirá a los veterinarios de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria autorizar expedientes de movimiento de reses de lidia.

La nueva regulación establece también normas específicas y diferenciadas para el movimiento de ovinos y caprinos y para el de bovinos. En el primer caso, los animales destinados a sacrificio por enfermedad deberán ser obligatoriamente trasladados a lugares distintos de los mataderos en vehículos autorizados para transporte de ganado, que serán desinfectados una vez finalizado el desplazamiento.

Los bovinos, por su parte, podrán ser sacrificados tanto en mataderos como en otros lugares autorizados. Sus traslados se realizarán en vehículos precintados e identificados exteriormente, en un plazo máximo de 24 horas desde la concesión de la autorización.

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