SESIÓN DEL

EL CONSEJO DE GOBIERNO APRUEBA EL PLAN ANDALUZ DE ORIENTACIÓN DEL COMERCIO MINORISTA

La Junta establece los criterios para la instalación de grandes superficies y las medidas integradoras para corregir el impacto negativo que puedan ocasionar

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Plan Andaluz de Orientación del Comercio Minorista (PAOC) que, con una vigencia de cuatro años, tiene como objetivos fundamentales favorecer el crecimiento equilibrado de la estructura comercial andaluza y orientar la toma de decisiones sobre los grandes establecimientos comerciales en la comunidad. El PAOC viene así a desarrollar lo establecido en la Ley 1/1996 del Comercio Interior de Andalucía sobre otorgamiento o denegación de las licencias a grandes superficies.

El Plan recoge en un primer apartado el diagnóstico global de la estructura comercial de Andalucía y su comparación con España y la Unión Europea. Este análisis muestra que el peso del sector comercial en la economía andaluza es mayor que en la española, ya que representa el 17,8% de la facturación de los establecimientos, el 17% del número total de comercios, el 17% de la superficie de venta y el 16,4% de la población ocupada en el sector. Por otra parte, la dimensión media de los establecimientos andaluces supera la media nacional, facturando un 5,5% más. Además, el ritmo de crecimiento del número de comercios de pequeño y mediano tamaño en Andalucía es superior a la media española, habiéndose registrado un incremento del 19% entre 1992 y 2000.

Otro de los bloques básicos del PAOC es el análisis de la oferta y la demanda por zonas, así como la identificación de los desajustes existentes. A partir del establecimiento de 52 áreas diferenciadas, el Plan distingue cuatro rangos. En el primero, más del 25% de oferta sobre demanda, el impacto que puede presentar la implantación de nuevas grandes superficies para el equilibrio de la estructura comercial requerirá de medidas de integración a la hora de otorgar licencias. En el segundo rango, entre el 15 y el 25% de oferta sobre demanda, el impacto de las nuevas instalaciones es menor pero se recomienda también la adopción de medidas de integración por parte del promotor. En el tercero, entre el ¿15 y hasta el 15% de oferta sobre demanda, los impactos negativos ocasionados por las nuevas grandes superficies serán más fácilmente absorbibles por la estructura comercial existente, pero las medidas que puedan adoptar los promotores añadirán calidad al proyecto. Finalmente, en el cuarto rango, por debajo del ¿15% de oferta sobre demanda, no se prevén impactos negativos.

Medidas de integración

En cuanto a las medidas de integración antes citadas, cuya finalidad es corregir los perjuicios que la instalación pudiera ocasionar en su zona de influencia, se establecen tres tipos: las de integración del gran establecimiento en la estructura comercial existente, las de dinamización de la actividad económica del área de influencia y las relacionadas con la sostenibilidad medioambiental.

Estas actuaciones, de carácter voluntario, pretenden lograr un crecimiento gradual y equilibrado de la estructura comercial, introducir de forma progresiva de nuevos conceptos y fórmulas comerciales, preservar la integridad y vitalidad comercial en los centros urbanos y establecer vías de diálogo entre los empresarios de distintos formatos comerciales para acordar iniciativas de interés común. Las medidas adoptadas se recogerán en la resolución de otorgamiento de la licencia comercial y tendrán el mismo valor que el resto del proyecto que se autorice.

Por último, con la aprobación de este Plan finaliza la moratoria para la presentación de solicitudes de instalación, ampliación y cambio de actividad de grandes establecimientos, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 1/1996.


Índice