SESIÓN DEL

EL CONSEJO DE GOBIERNO APRUEBA EL PROYECTO DE LEY DE LA POLICÍA AUTONÓMICA ANDALUZA

La fuerza autonómica de seguridad ejercerá funciones de Policía Judicial y contará con una dotación de 5.000 agentes en el plazo de diez años

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de Ley de Creación de la Policía Andaluza. Este nuevo cuerpo de seguridad dependerá directamente de la Administración autonómica y desarrollará la mayor parte de su trabajo de forma simultánea y diferenciada respecto a la Policía Nacional y la Guardia Civil.

La futura Policía Andaluza ejercerá las mismas funciones de la actual Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Junta en materias como protección de menores, medio ambiente, espectáculos públicos, siniestralidad laboral, violencia doméstica y vigilancia de edificios públicos. Además, asumirá nuevas atribuciones hasta ahora exclusivas de las Fuerzas de Seguridad del Estado, entre ellas las relativas a Policía Judicial para la que se crearán unidades específicas y control y vigilancia de empresas de seguridad.

De igual modo, se prevé que los agentes autonómicos intervengan en aquellos municipios que carezcan de Policía Local o no dispongan de los efectivos necesarios para prestar este servicio. Esta función se concretará a través de convenios de colaboración con los ayuntamientos interesados.

El nuevo cuerpo será la tercera policía autonómica de España, aunque su nacimiento se producirá en un marco legal muy distinto al de la Ertzaintza y los Mossos dEsquadra, que tienen atribuidas la seguridad ciudadana y tráfico al haberse creado con anterioridad a la Ley Orgánica 2/86 de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. No obstante, el proyecto normativo aprobado hoy deja abierta la posibilidad de asumir todas aquellas funciones policiales que puedan ser transferidas o delegadas en un futuro.

En concreto, el texto establece tres niveles de competencias: las que se ejercerán en solitario, las compartidas y las diferenciadas y simultáneas. En el primer bloque se incluye todo el trabajo policial derivado del Estatuto y de la normativa autonómica, así como los servicios que se presten en municipios sin Policía Local y el control y vigilancia de las empresas de seguridad privada.

Como funciones compartidas figurarán todas aquellas relativas a la aplicación de leyes estatales en la comunidad autónoma, además de la vigilancia de grandes concentraciones humanas. Estas atribuciones incluirán la recogida de información y su intercambio con los cuerpos de seguridad estatales. Por su parte, entre las competencias que se ejercerán de modo diferenciado y simultáneo, destacan las de Policía Judicial, protección del medio ambiente y protección civil, así como las que en un futuro puedan ser delegadas en el ámbito de la seguridad ciudadana.

Despliegue
De acuerdo con las previsiones de la Junta, la implantación de la Policía Andaluza se realizará gradualmente hasta alcanzar una dotación mínima de 5.000 agentes en el plazo de diez años, con un coste previsto de unos 180 millones de euros. El nuevo cuerpo se nutrirá con los efectivos de la Unidad de Policía Adscrita a la Junta 520 en la actualidad, con las dotaciones que transfiera el Estado y con los agentes que se formen en la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía (ESPA). Asimismo, el proyecto de ley abre la posibilidad del ingreso de miembros procedentes de las Fuerzas de Seguridad del Estado.

A diferencia de la actual Unidad Adscrita, cuya dependencia orgánica se sitúa en el Ministerio del Interior, el futuro cuerpo autonómico estará totalmente integrado en la Junta de Andalucía. Su mando supremo lo ostentará el Consejo de Gobierno, aunque recaerá sobre el titular de la consejería competente en materia de seguridad.

En el ámbito operativo, el proyecto de ley establece la creación de dos instrumentos: el Centro de Proceso de Datos Policiales y la Junta de Seguridad de Andalucía. En este último órgano, encargado de la coordinación con el resto de cuerpos policiales, se integrarán paritariamente representantes de las administraciones central y autonómica.

Respecto al perfil de los policías autonómicos, el texto comienza por asignarles unos principios básicos de actuación entre los cuales figuran el respeto a la Constitución y el Estatuto de Autonomía, la neutralidad política, el secreto profesional y el uso del arma reglamentaria sólo en caso de riesgo para sus vidas. Además, la obediencia debida no les eximirá de cumplir órdenes contrarias al ordenamiento legal.

Los integrantes de la Policía Andaluza serán funcionarios de carrera y se agruparán en tres escalas: básica (policías y oficiales), de subinspección (subinspectores) y de mando (inspectores, inspectores jefes y comisarios). Las titulaciones exigidas oscilarán desde el bachiller de la escala básica a la licenciatura para la escala de mando.

Ingreso
El ingreso en la categoría básica se realizará mediante concurso, oposición y concurso-oposición y también se exigirá la superación de curso selectivo en la ESPA y un periodo de prácticas. El acceso a oficial, subinspector e inspector jefe será por promoción interna, mientras que los inspectores deberán afrontar un concurso o una oposición y los comisarios se designarán tras un concurso entre los inspectores jefes con más de tres años de antigüedad.

En el terreno laboral, el proyecto de ley reconoce, entre otros derechos, los de sindicación y constitución de organizaciones sindicales. La jubilación se producirá a los 65 años, aunque el texto prevé la figura de la Segunda Actividad para el fin del trabajo de calle por cumplimiento de los 55 años, disminución de actitudes psicofísicas o embarazo.

Finalmente, el texto recoge la creación del Consejo de la Policía Andaluza, órgano de interlocución entre el cuerpo y la Junta de Andalucía que se encargará de abordar aspectos como la mediación en conflictos colectivos, la fijación de las condiciones de prestación del servicio o el asesoramiento en la elaboración del Estatuto Profesional.

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