SESIÓN DEL

APROBADO EL DECRETO QUE DESARROLLA LA LEY ANDALUZA DE INVESTIGACIÓN CON CÉLULAS MADRE EMBRIONARIAS

El Comité de Investigación con Preembriones Humanos será el órgano garante de los proyectos y de las donaciones

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto que desarrolla la ley andaluza reguladora de las investigaciones con células madre embrionarias no viables para la fecundación ‘in vitro’. Esta norma permitirá el desarrollo de los proyectos previstos en Andalucía para avanzar en el tratamiento de enfermedades como la diabetes o el Parkinson.

El decreto recoge los mecanismos de organización, composición y funcionamiento del Comité de Investigación con Preembriones Humanos, órgano que garantizará que los proyectos y la donación de los preembriones se ajusten a la legalidad vigente. Además, y entre otros aspectos, se determinan los requisitos que han de cumplir los proyectos de investigación para ser autorizados, se fijan las condiciones de los centros donde se van a realizar estos estudios y se regulan el consentimiento informado y las obligaciones que deben cumplir los centros y servicios de reproducción asistida.

El Comité de Investigación con Preembriones Humanos, adscrito a la Consejería de Salud, autorizará los trabajos en esta materia, establecerá las líneas de seguimiento de los preembriones a lo largo del proceso (identificación de donantes, almacenamiento y laboratorio de destino) y se encargará de mantener una base de datos de acceso público con las investigaciones iniciadas, así como un registro de los preembriones conservados que los centros de reproducción asistida han puesto a disposición de los proyectos.

Este órgano supervisor estará integrado por un representante de la Comisión Autonómica de Ética e Investigación Sanitaria, otro de la Coordinación Autonómica de Transplantes, dos de asociaciones de pacientes beneficiarios de las investigaciones, un experto jurista en la materia y cinco especialistas de reconocido prestigio en investigación básica, investigación clínica, técnicas de reproducción asistida, embriología humana y genética. La presidencia corresponderá al titular de la Dirección General de Organización de Procesos y Formación de la Consejería de Salud, mientras que el vicepresidente será un representante de la Consejería de Educación y Ciencia con rango de director general.

Los científicos interesados deberán presentar ante el Comité una solicitud en la que, además de describir los trabajos, acreditarán aspectos como la imposibilidad de desarrollarlos en animales, su relevancia científica y la ausencia de interés lucrativo. De igual modo, deberán presentar una memoria anual del estado de las investigaciones y, una vez finalizado el proyecto, elaborar una memoria científica con los resultados obtenidos y su contribución a la mejora de la salud de los ciudadanos.

El decreto fija un límite máximo de cinco años para el desarrollo de los proyectos, aunque los investigadores podrán solicitar la renovación de la autorización siempre que justifiquen los objetivos alcanzados y los motivos de la petición.

Otros aspectos regulados son la definición de las características y requisitos técnicos que deben seguir los centros de investigación, la creación de un registro público para estas entidades y la obligatoriedad de que los preembriones con los que se investiga sean donados por los progenitores a través de un consentimiento informado. Los centros de reproducción asistida deberán también informar al Comité sobre los preembriones con que cuentan para fines de investigación antes de depositarlos en el Banco Andaluz de Líneas Celulares.

Finalmente, el decreto aprobado hoy recoge la posibilidad de que la Junta de Andalucía suscriba convenios de colaboración con otras administraciones públicas para que el Comité autorice proyectos de investigación a grupos o redes que dispongan de al menos un equipo en Andalucía.

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