SESIÓN DEL

EL CONSEJO APRUEBA LA DECLARACIÓN DE CAZORLA, NERJA Y ROQUETAS DE MAR COMO MUNICIPIOS TURÍSTICOS

El Consejo de Gobierno ha aprobado la declaración de Cazorla (Jaén), Nerja (Málaga) y Roquetas de Mar (Almería) como Municipios Turísticos. Esta figura, prevista en la Ley de Turismo de Andalucía, tiene como fin promover la calidad de la prestación de los servicios municipales para incrementar la competitividad turística en poblaciones con gran afluencia de visitantes.

Una vez aprobada la declaración, la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte firmará con los ayuntamientos de Cazorla, Nerja y Roquetas de Mar los correspondientes convenios para desarrollar proyectos de calidad de los servicios públicos, planificación y ordenación de recursos, desarrollo turístico sostenible y mejora de infraestructuras.

Cazorla, municipio de 8.096 habitantes y 304 km2, se destaca como uno de los principales destinos de turismo de interior de la comunidad, al estar enclavada en el Parque Natural de Sierra de Cazorla, Segura y las Villas. En su casco antiguo se sitúan monumentos como la Plaza de Santa María y los castillos de la Yedra y las Cinco Esquinas.

Nerja (18.509 habitantes y 85 km2) está situada en la parte más oriental de la Costa del Sol y ofrece una larga tradición como destino de sol y playa. A este atractivo añade la cueva que se ubica en su término municipal, conocida no sólo por las formaciones geológicas y restos arqueológicos que alberga, sino también por el Festival Internacional de Música y Danza al que cada año sirve de escenario.

Roquetas de Mar, localidad almeriense de 58.519 habitantes y 60 km2 de superfi-cie, es también un importante destino de turismo de sol y playa en la costa mediterránea andaluza. Delimitada al Norte por las estribaciones de la Sierra de Gádor, en su término municipal se sitúan monumentos como el Castillo de Roquetas y la Iglesia de Nuestra Señora del Rosario.
Para acceder a la declaración de municipio turístico es necesario tener una pobla-ción inferior a 100.000 habitantes y reunir una de las tres condiciones que la normativa autonómica vigente establece en cuanto a número de pernoctaciones, viviendas de segunda residencia y visitantes.

En cuanto a las pernoctaciones, la media anual en establecimientos de alojamiento turístico debe superar el 10% de la población total del municipio o bien alcanzar este porcentaje durante al menos tres meses al año. Respecto a las segundas residencias, se exige que su número supere al de viviendas principales de la localidad, siempre que estas últimas sean más de 500. Por su parte, el número de visitantes debe ser cinco veces superior al de vecinos inscritos en el padrón, al menos durante treinta días al año. Esta última condición se acredita mediante el recuento de las visitas diarias al recurso turístico de mayor afluencia del municipio.

Con los reconocimientos aprobados hoy, son ya seis las poblaciones andaluzas que cuentan con la catalogación de Municipio Turístico, anteriormente otorgada a Benalmá-dena (Málaga), Santiponce (Sevilla) y Ronda (Málaga).

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