SESIÓN DEL

LA JUNTA APRUEBA EL DECRETO DE INCOMPATIBILIDADES Y DECLARACIÓN DE BIENES E INTERESES DE ALTOS CARGOS

Los ciudadanos podrán tener acceso a la información sobre ingresos, propiedades y participaciones en empresas

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que desarrolla la Ley 3/2005 de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta, norma que convierte a Andalucía en la comunidad autónoma con mayores garantías en esta materia.

El texto determina la incompatibilidad absoluta del alto cargo con el ejercicio de cualquier actividad pública o privada, a fin de garantizar la independencia, imparcialidad y transparencia en el ejercicio de sus funciones.

Con el objetivo de lograr la máxima transparencia, el decreto también prevé la creación de un registro de actividades, bienes e intereses que deberá estar disponible al alcance de cualquier ciudadano tanto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como en internet. Su contenido podrá ser público hasta dos años después del cese del alto cargo y será contrastado y actualizado anualmente con la información tributaria.

El registro se elaborará a partir de una declaración de bienes que obligatoriamente deberán presentar los altos cargos, con una descripción detallada, entre otros conceptos, de sus pensiones; bienes inmuebles urbanos y rústicos; saldos en cuentas bancarias en las fechas del nombramiento y del cese; acciones y participaciones en capital de sociedades, títulos de deuda pública, certificados de depósitos y fondos de inversión; seguros de vida con más de 30.000 euros de indemnización; objeto social de las sociedades en las que tengan intereses, y créditos, préstamos y deudas que integren el pasivo.

La nueva normativa afecta tanto a los cargos nombrados por decreto del Consejo de Gobierno (presidentes, consejeros, directores generales, delegados del Gobierno...) como a los de las entidades de derecho público, organismos autónomos, sociedades mercantiles, fundaciones y consorcios en los que la Administración autonómica tenga una participación directa superior al 50%.

En lo referido a la aplicación del régimen de declaración de actividades, bienes e intereses, también quedan sujetos a esta obligación el presidente del Consejo Económico y Social de Andalucía, los consejeros electivos del Consejo Consultivo de Andalucía que desempeñan sus funciones sin exclusividad y los representantes de la Administración autonómica con funciones ejecutivas en entidades de carácter financiero.

Sanciones
El régimen sancionador establecido determina el cese inmediato del alto cargo infractor en caso de falta muy grave y la imposibilidad de que pueda ocupar cargos públicos por un periodo de entre tres y diez años.

En relación con las incompatibilidades, los infractores deberán restituir las cantidades percibidas indebidamente por el desempeño de actividades públicas o aquellas a las que por razón de indemnización tengan derecho tras el cese. Además, por primera vez se prevé la posibilidad de suspender de empleo y sueldo con carácter provisional en tanto se resuelva la instrucción de la infracción.

Índice