SESIÓN DEL

La Junta reservará el 5% de diversos contratos públicos a centros especiales de empleo de personas con discapacidad

El Consejo inicia los trámites del anteproyecto de ley que reforzará los derechos sociales de un colectivo integrado por 700.000 andaluces
María José Sánchez, consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta.

María José Sánchez, consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta.

La Junta de Andalucía reservará el 5% de sus contratos relacionados con servicios como logística, jardinería o lavandería a los centros especiales de empleo, empresas que cuentan en su plantilla con un mínimo del 70% de trabajadores con discapacidad y que actualmente suman 537. Esta es una de las principales medidas recogidas en el anteproyecto de ley que reforzará los derechos sociales de este colectivo, integrado por más de 700.000 andaluces (mujeres en un 61%).

El Consejo de Gobierno ha acordado hoy iniciar los trámites para la elaboración de esta norma, que sustituye a la vigente desde 1999 y establece con carácter general cláusulas de acción positiva a favor de las personas con discapacidad en las contrataciones públicas.

La futura Ley de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad tendrá como principales objetivos primar la garantía de derechos más allá del enfoque asistencial, con especial atención a mujeres y menores; priorizar las políticas de empleo dirigidas a la igualdad de oportunidades, y garantizar la accesibilidad universal en sanidad, educación, vivienda, ocio, formación o servicios sociales.

La nueva normativa obligará a la Junta a elaborar un plan específico de empleo para este colectivo, afectado por una tasa de paro del 43%, y a reservarle un 3% de las plazas en los cursos de formación y de al menos un 5% de las de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo.

A la vigente reserva del 7% de plazas en las ofertas de empleo público, el anteproyecto añade obligaciones específicas de organización y adaptación de estos puestos y de sus dependencias y equipamiento físico.

Entre los derechos regulados en la nueva normativa destaca el de la igualdad de oportunidades y no discriminación, que contará con un régimen sancionador autonómico con multas que oscilan entre los 301 euros de las faltas leves a los 300.000 para las muy graves que supongan la prohibición de acceso o la carencia de espacios reservados para personas con discapacidad.

La nueva Ley de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad obligará a regular por decreto en el plazo máximo de un año la atención temprana infantil para menores de seis años. De este modo, se garantizará la respuesta integral a las necesidades de esta población con trastornos de desarrollo o con riesgo de padecerlos, un servicio que actualmente presta la Junta a más de 16.000 niños. En el mismo plazo se tendrá que formular el Plan de Acción Integral para las Personas con Discapacidad.

La futura normativa también mantendrá la posibilidad de que la Administración autonómica otorgue prestaciones económicas complementarias a las estatales para las personas en situación de necesidad y subvenciones que favorezcan la inclusión social.

Vivienda y educación

En lo que respecta al acceso a la vivienda, se fija una reserva del 4% en las promociones protegidas para el colectivo de personas con discapacidad. Además, el anteproyecto abre la posibilidad de que estos hogares se diseñen sin distribución en su interior, de manera que sean los adjudicatarios los que los adecuen según sus necesidades. Por otra parte, la futura ley también obligará a fomentar y regular el diseño de viviendas convertibles, que en cualquier momento pueden adaptarse para las personas con distintas capacidades o funcionalidades.

En materia de educación, se prohíbe que los centros docentes públicos o privados denieguen el acceso a sus servicios o actividades por motivo de discapacidad al alumnado o demás miembros de la comunidad educativa. El texto normativo, que aboga por un sistema inclusivo, permanente y de calidad, recoge la obligación de las universidades andaluzas de elaborar un censo específico de alumnos discapacitados y de aprobar un plan especial de accesibilidad a instalaciones y a la información y comunicación.

La futura normativa también determinará medidas adicionales a las ya existentes en las normas sanitarias a fin de garantizar el derecho de las personas con discapacidad a recibir una atención igualitaria. Para ello, se establece, entre otras cuestiones, la necesidad de ofrecer formación y protocolos de actuación específicos para los profesionales.
Respecto a la movilidad, se concederá la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad a vehículos de transporte colectivo, algo demandado por el propio sector. El anteproyecto de ley fija además que, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la norma, se regulará el uso de los perros de asistencia, aquellos que han sido adiestrados específicamente para el acompañamiento, conducción, ayuda y auxilio de las personas con discapacidad, incluidos los de invidentes.

Otra de las novedades del texto es que establece la obligación expresa de desarrollar, por vía reglamentaria, la asistencia personal y la promoción de programas para aquellos que opten por un modo de vida independiente. En este sentido destaca que si las plazas de los alojamientos accesibles de uso residencial público (tales como hoteles, residencias de estudiantes o albergues) o los espacios adaptados y reservados para personas con discapacidad en espectáculos públicos, como teatros o auditorios, se ubican en las zonas más caras, deberán ofrecerse al precio más bajo.

Para favorecer la accesibilidad universal, la ley fijará la obligación de que la Junta regule condiciones de accesibilidad y no discriminación, no sólo respecto a vías públicas, edificaciones o transportes, sino también a bienes y servicios, a espacios naturales y a instalaciones temporales para la realización de espectáculos públicos, actividades recreativas, culturales y sociales. Asimismo, los centros directivos de la Administración deberán establecer ayudas para financiar ajustes en materia de accesibilidad universal (rampas, elevadores o pictogramas).

El texto normativo consta de 72 artículos, distribuidos en un título preliminar y once títulos que regulan los principios de actuación, instrumentos de gobernanza y medidas a desarrollar para facilitar la inclusión social de las personas con discapacidad. La norma se completa con cuatro disposiciones adicionales, una transitoria, una derogatoria y dos finales.

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