Corredores de lonja vs. corredores de paños. La guerra de los gremios en un pleito de 1688.

Documento corredores de lonja

Las actuales disputas entre taxistas y plataformas tecnológicas de transporte, o las discusiones sobre la liberalización de las farmacias, no son nada nuevo, y a lo largo de la historia podemos encontrar pleitos por intromisiones laborales entre distintos gremios u oficios. Éste es el caso del litigio entre corredores de lonja y corredores de paños que presentamos.

Desde la Edad Media, diversos oficios: regidores, escribanos, corredores... fueron objeto de compraventa. La Corono o los ayuntamientos vendían los oficios como los de corredores de lonja y de paños a particulares, quienes a cambio disfrutaban de ciertos privilegios en las transacciones y protección jurídica ante posibles intromisiones en su oficio, si bien no se evitaban eventuales roces entre oficios en el desempeño de su trabajo.

Los corredores eran mediadores de carácter público, en transacciones comerciales, con una larga tradición. Su consideración social fue variable, dado que los trabajos mercantiles en ocasiones eran considerados como viles, y su desempeño solía estar vedado a los que no eran naturales del reino. Por ejemplo en Córdoba, una Ordenanza de principios del siglo XVI reduce el número de corredores de bestias y prohíbe que accedan a ese oficio extranjeros.

Los corredores constituían uno de los principales gremios del pequeño comercio, junto con los comerciantes de tejidos, de paños, de lienzos y sedería o de joyas, por lo que se pueden encuadrar dentro de lo que se ha dado en llamar la pequeña burguesía. En Madrid, por ejemplo, existían en la Edad Moderna dos grupos de corredores: los corredores de lonja, joyas y mercaderías, y los corredores de cambios, de juros, de heredades y otros negocios. Este segundo grupo se subdividía en dos a mediados del siglo XVII, dando lugar a la correduria dejuros y a la de venta y cesiones 

Volviendo a nuestro documento, el 26 de julio de 1688, los poseedores de cinco oficios de corredor de lonja de la ciudad de Córdoba se querellaron criminalmente contra Luis Sánchez Serrano, Alonso Fernández de Molina, Fernando Díaz de Lara y demás propietarios de oficios de corredores de paños de Córdoba por su invervención en la venta de productos que no corresponden a su oficio, utilizando el pretexto de ser encomenderos o factores en la Lonja pública de la ciudad.

Desde enero de 1688, entre otros bienes, vendieron "once cargas de bayetas olandillas y sargas, cintas en grana y sempiternas que trajeron del Puerto", "ocho bultos de estameñas y unos pedazos", "dos cargas mayores de azúcar", "una carga de lienzo gallego", "una carga mayor de ropa y mercería", "cuatro arrobas de lino", "ocho libras de seda", "una pieza de tafetán negro", "cien arrobas de azúcar molida remitido al Puerto de Santa María", "diecisiete libras de refilado de seda", "cuatro frangotes con cuatrocientas y noventa libras de seda", "cuatro frangotillos y unas mochillas de seda en bruto", "veinticuatro libras de azafrán", "dos bultos de estameña", "ciento trece libras de seda", "dieciséis arrobas de seda", "cuarenta y seis libras de seda", "dos cargas de cacao menores", "veinticuatro cargas de azúcar remitidas al Puerto Santa María", "cinco cargas menores de papel balnco", "once arrobas de piñones", seis arrobas de alazor", "una estameña, treina y cinco pares de medias de hombre y mujer y otras veinticinco de torzal" ...

Es decir que además de intervenir en el comercio de paños: "seda, lienzo, texidos y todas las demás mercaderías de ropa", usurparon los derechos y aprovechamientos del comercio de "comestibles" para los que no poseían título que les permitiese intervenir.

Se especifica que los corredores de paños sólo podían asistir a los contratos y ventas de paños, bayetas y frisas que se realizaban en el Portillo de Mercaderías, Plaza del Potro y la calle de Armas de la ciudad y se determina multas de 50 ducados en caso de injerencia en el comercio de otros géneros. Asimismo se da aviso a los fieles de la aduana y peso de la romana para que no permitan a los corredores de paños sacar mercancías de estos lugares.

Como resultado se impone a los cuatro corredores de paños las siguientes multas en virtud de las ventas realizadas: 450 ducados a Francisco González, 300 ducados a Alonso López, 100 ducados a Mateo Pérez y Andrés de Cárdenas, y además 60 maravedíes y un año de destierro en el que no se podrían acercar a la ciudad a menos de cinco leguas. También encontramos una Real Provisión de 1703 por la que se dejan en libertad a otros corredores de paño: Ignacio de Segovia y Francisco de Villa, en prisión por dicho intrusismo profesional.

En una escritura notarial posterior de 1741 hallamos la venta de un oficio de corredor de lonja por 7.800 reales realizada por Ignacio de las Doblas y Teresa Carrasco y Vargas, su mujer, a favor de Marcos Álvarez, vecino de Córdoba. Dicho oficio integraba los bienes de la dote de Teresa Carrasco y deben venderlo por estar gravado con numerosos censos que no pueden pagar.

Documentos

Real ejecutoria y diligencias del pleito seguido por los corredores de lonja de Córdoba contra los corredores de paños de la misma sobre los tratos y ventas de todos los géneros de mercaderías que cada uno debe correr (1692-1705). Fondos Incautados por la Junta Provincial de Desamortización, Libro 7090.

Escritura de venta de un oficio de corredor de lonja por 7.800 reales realizada por Ignacio de las Doblas y Teresa Carrasco y Vargas, su mujer, a favor de Marcos Álvarez, vecino de Córdoba (1741). 


Bibliografía

CARRASCO GONZÁLEZ, Guadalupe. Los extranjeros en la correduría de lonja gaditana (1573-1805). Bravo Caro, Juan Jesús Y Sanz Sampelayo, Luis. "Población y grupos sociales en el Antiguo Régimen", Vol. 1, 2009, págs. 427-440. Disponible en: https://digital.csic.es/bitstream/10261/223450/1/IX%20R.Cient%C3%ADfica_M%C3%A1laga_2006_pp.427-439_Carrasco_Gonz%C3%A1lez.pdf 

GARCÍA ULECIA, Alberto. Delimitación conceptual del oficio de corredor en el derecho histórico. Anuario de historia del derecho español, 1996, no 66, p. 181-200. Disponible en: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/134674.pdf 

GARCÍA ULECIA, Alberto. Naturaleza y extranjería en las corredurías de lonja del Antiguo Régimen. Anuario de historia del derecho español, 1991, no 61, p. 87-110. Disponible en: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/1984840.pdf 

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