Viceconsejera

Información general

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Titular
María Esperanza O’Neill Orueta
Sede
Palacio de Altamira
Santa María la Blanca, 1
Sevilla, 41004
Teléfono: 955 036 486

Biografía

Nacida en San Sebastián (Guipúzcoa) en 1962, es licenciada en Ciencias Políticas por la UNED. En la IX Legislatura ostentó el cargo de viceconsejera en la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, y previamente el de secretaria general de Patrimonio Cultural en dicha consejería. Hasta ahora ha sido viceconsejera de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. Cuenta con una amplia trayectoria política, desarrollando su trabajo, entre otros, como secretaria general del Grupo Parlamentario andaluz en la IX y X Legislatura, parlamentaria por Sevilla en la IX Legislatura (desde 2014) y como consejera de la Radio Televisión de Andalucía (RTVA) en 2007.

Funciones

La persona titular de la Viceconsejería ejerce la jefatura superior de la Consejería después de la persona titular de esta, de la que depende orgánicamente. Los demás órganos directivos de la Consejería dependerán de la persona titular de la Viceconsejería, de conformidad con lo previsto en el artículo 25.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, sin perjuicio de lo previsto en este Decreto en cuanto a su dependencia orgánica directa.

A la persona titular de la Viceconsejería, como superior órgano directivo, le corresponden las funciones recogidas en el artículo 27 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, en el ámbito de la Consejería.

Asimismo, le corresponde a la Viceconsejería:

  • La coordinación de las relaciones administrativas con las demás Consejerías, Entidades e Instituciones, la coordinación administrativa entre los distintos órganos de la Consejería y su supervisión y control, tanto en los servicios centrales como en los periféricos, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 36.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
  • Velar por el cumplimiento de las decisiones adoptadas por la persona titular de la Consejería, así como el seguimiento de la ejecución de los programas de la misma.
  • Informar sobre los asuntos que deban someterse al Consejo de Gobierno y a la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras.
  • La coordinación de las relaciones con los agentes económicos y sociales y entidades representativas de los sectores correspondientes al ámbito competencial de la Consejería.
  • El establecimiento de las directrices en la elaboración, ejecución y seguimiento de los presupuestos de la Consejería, sin perjuicio de las competencias de programación y ejecución que en estas materias corresponden a otros órganos directivos de la Consejería de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto.
  • Velar por la transversalidad en el cumplimiento del principio de igualdad entre mujeres y hombres en todas las actuaciones de la Consejería y, en su caso, de las entidades instrumentales.
  • La realización de estadísticas sobre las materias competencia de la Consejería en colaboración con la Consejería competente en materia de estadística.
  • La gestión de contenidos web institucionales, información administrativa y difusión.
  • La implementación y seguimiento en el ámbito de la Consejería de las actuaciones en materia de publicidad institucional y de identidad corporativa.
  • La elaboración de la propuesta del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería.
  • La coordinación de propuestas sobre agilización, simplificación administrativa y calidad normativa en el ámbito de la Consejería.
  • La coordinación y seguimiento en el ámbito de la Consejería de las tareas necesarias para el cumplimiento de la legislación vigente en materia de protección de datos.
  • Las actuaciones que, conforme a la normativa de protección de datos personales, le correspondan como responsable del tratamiento en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas.

Queda adscrita a la Viceconsejería la Unidad de Transparencia prevista en el artículo 41.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

Asimismo y en materia de memoria democrática, le corresponden las competencias recogidas en la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, en relación con la memoria democrática, y en particular, las funciones de planificación, dirección, coordinación, control técnico y propuesta de actuación en materia de memoria democrática. Estas competencias se ejercerán a través del Comisionado para la Concordia.

Dependerán orgánicamente de la Viceconsejería:

  • Secretaría General de Sectores Creativos, Museos y Conjuntos Culturales.
  • Secretaría General de Patrimonio Histórico e Infraestructuras Culturales.
  • Secretaría General para el Deporte.
  • Secretaría General Técnica.

A través de la Viceconsejería queda adscrito orgánicamente a la Consejería de Cultura, Patrimonio Histórico y Deporte, el Patronato de la Alhambra y Generalife, y quedan adscritas funcionalmente Cetursa Sierra Nevada, S.A y el Apartahotel Trevenque, S.A.

Unidades

Coordinadora General
Responsable: María Rosario García Victorio
Servicio de Coordinación
Responsable: Isabel Martín Bernal
Servicio de Información y Difusión
Responsable: María del Carmen Fernández Luengo
Consejero Técnico
Responsable: Miguel Ángel Navarro Oliva
Consejero Técnico
Responsable: Ignacio de la Iglesia Prados
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