Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Autoliquidación modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas por adquisiciones continuadas de bienes muebles.

Información general

Título formal:

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Autoliquidación modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas por adquisiciones continuadas de bienes muebles.

Código:
24840
Organismo:
Economía, Hacienda y Fondos Europeos
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
02/12/2021

Descripción

Tiene por objeto la presentación y pago, en su caso, de la autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas por adquisiciones continuadas de bienes muebles.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Documentación

Libros-registro de operaciones cuando se trante de compraventa de objetos fabricados con metales preciosos (artículo 91 del Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos, aprobado por el Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero) o documento similar en el resto de bienes.

 

Sujeto a pago

Plazo de Inicio

  • Mes siguiente al último día del mes natural al que se refieran las transmisiones.

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Almería (Cód.: A01034450).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Cádiz (Cód.: A01034451).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Córdoba (Cód.: A01034452).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Granada (Cód.: A01034453).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Huelva (Cód.: A01034454).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Jaén (Cód.: A01034455).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Málaga (Cód.: A01034456).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Sevilla (Cód.: A01034457).
En la resolucion
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Almería (Cód.: A01034450).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Cádiz (Cód.: A01034451).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Córdoba (Cód.: A01034452).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Granada (Cód.: A01034453).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Huelva (Cód.: A01034454).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Jaén (Cód.: A01034455).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Málaga (Cód.: A01034456).
  • Gerencia Provincial de la Agencia Tributaria de Andalucía en Sevilla (Cód.: A01034457).

Agota vía administrativa

No

Estado del procedimiento

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 09/06/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.

  • Ayuda en el trámite

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    Última actualización: 09/06/2023
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