Libros de texto en la educacion obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autonóma de Andalucía: Programa de Gratuidad
Información general
Libros de texto en la educacion obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autonóma de Andalucía: Programa de Gratuidad
- Ciudadanía
Descripción
El alumnado beneficiario del presente programa (los que cursen la enseñanza obligatoria en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía sostenidos con fondos públicos) dispondrá gratuitamente, en régimen de préstamo, de los libros de texto elegidos por el centro para las enseñanzas obligatorias que esté cursando, mediante la entrega por parte de los Directores y Directoras de los centros docentes a los representantes legales del alumnado beneficiario de los cheques-libros que serán canjeados en la librería o establecimiento comercial de su elección. Se entiende por libro de texto el material impreso, no fungible y autosuficiente, destinado a ser utilizado por el alumnado y que desarrolla, atendiendo a las orientaciones metodológicas y criterios de evaluación correspondientes, los contenidos establecidos por la normativa educativa vigente para el área o materia y el ciclo o curso de que en cada caso se trate. No se consideran incluidos en el Programa de Gratuidad aquellos materiales asociados a los libros de texto, que por su propia naturaleza no puedan ser reutilizados por el alumnado en cursos sucesivos. El representante legal del alumno o alumna que no desee participar en el programa de gratuidad en un determinado año académico lo comunicará en el centro docente en el que el alumno o alumna vaya a cursar las enseñanzas.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Exclusivamente presencial.
Puedes realizar la presentación en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de las oficinas de correos.
Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa
Requisitos
Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de Educación o por el centro docente donde cursa la enseñanza obligatoria y a las de control financiero que correspondan.
Ser alumno o alumna que curse la enseñanza obligatoria en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía sostenidos con fondos públicos.
Hacer un uso adecuado y cuidadoso de los libros y reintegrarlos al centro una vez finalizado el curso escolar o en el momento de su baja del centro si se produce su traslado; así como reponer el material extraviado o deteriorado de forma culpable o malintencionada
Entregar en la librería o establecimiento comercial el correspondiente cheque-libro.
Artículos 2, 4 y 5 de la Orden 27 de abril de 2005 de la Consejería de Educación.
Documentación
Serán beneficiarios del programa de gratuidad todos los alumnos y alumnas que cursen la enseñanza obligatoria en los centros docentes de de Andalucía sostenidos con fondos públicos. El representante legal del alumno o alumna que no desee participar en el programa de gratuidad en un determinado año académico lo comunicará en el centro docente entregando cumplimentado el modelo de renuncia que se adjunta como Anexo I.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Decreto 64/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas.
- Decreto 59/2009, de 10 de marzo, por el que se modifica el Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, y el Decreto 18/2003, de 4 de febrero, de ampliación de las medidas de apoyo a las familias andaluzas.
- Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado
- Decreto Ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía. (Derogado por D.Ley 8/2014, de 10 de junio, salvo art.19, Capítulo I del Título III, artículo 33 y Disposición Final primera y segunda; se mantiene en vigor la definición de Zonas con Necesidades de Transformación Social que se establece en el articulo 3.3 y lo dispuesto en el artículo 3.4 así como su Anexo I).(Modificación de la derogatoria D-Ley 8/2014, mediante D-L
- Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas. (La DA 6º ha sido derogada por el Decreto 64/2008, de 26 de febrero). (Mediante Decreto-Ley 7/2013, de 30 de abril se añande nuevo apartado 3 bis DA Primera). (Modificado el artículo 21 ter apartados 2 a) y d) y 4 mediante Decreto 93/2013 de 27 de agosto).
- Decreto 48/2006, de 1 de marzo, de ampliación y adaptación de medidas de apoyo a las familias andaluzas.
- Decreto 100/2007, de 10 de abril, por el que se modifica el Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas.
- Orden de 27 de abril de 2005, de la Consejería de Educación, por la que se regula el programa de gratuidad de los libros de texto dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.
- Orden de 2 de noviembre de 2006, de la Consejería de Educación, que modifica la de 27 de abril de 2005, por la que se regula el Programa de Gratuidad de los Libros de Texto, dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección Centro Docente.
- Dirección Centro Docente.
- D. G. de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa (Cód.: A01025795).
Agota vía administrativa
Novedades
28/11/2018 Se ha modificado en este trámite:Denominación del procedimiento