Entidades Deportivas Andaluzas: Federaciones Deportivas (Constitución, Inscripción y Extinción) y Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas
Información general
Entidades Deportivas Andaluzas: Federaciones Deportivas (Constitución, Inscripción y Extinción) y Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas
- Asociaciones y organizaciones
- Ciudadanía
Descripción
El Registro Andaluz de Entidades Deportivas tiene por objeto principal la inscripción de las entidades deportivas con domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, acreditándose con la misma su reconocimiento.
Las federaciones deportivas andaluzas son entidades privadas sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar en cumplimiento de sus fines, que son la práctica, desarrollo y promoción de las modalidades deportivas propias de cada una de ellas.
La Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas es una entidad deportiva, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de los fines estatutarios. En ella se integrarán cuantas federaciones deportivas andaluzas lo soliciten y cumplan los requisitos establecidos.
La inscripción en el Registro será requisito indispensable para participar en competiciones oficiales y para optar a las ayudas procedentes de entidades públicas.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
- Aportación de documentos: Enlace para la aportación de documentos
Formularios
- Registro Andaluz de Entidades Deportivas, Solicitud escrito de continuación, en su caso, a la solicitud. Nº: 001709/6/A09D (Obligatorio)
- Registro Andaluz de Entidades Deportivas. Sección Primera: Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas Nº: 001873/6/A02W (Obligatorio)
- Registro Andaluz de Entidades Deportivas. Sección Primera: Federaciones Deportivas Andaluzas Nº: 001873/6W (Obligatorio)
Requisitos
Artículos 24 y 64 del Decreto 7/2000, de 24 de enero y artículo 61.2.b) y 67.1 de la Ley 5/2016, de 19 de julio:
- La constitución de la Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas requerirá la autorización expresa de la Dirección General de Actividades y Promoción, previa solicitud, al menos, de las dos terceras partes de las federaciones deportivas andaluzas existentes en el momento de la iniciativa.
- Las federaciones deportivas andaluzas desarrollan y promueven, preferentemente, sus modalidades deportivas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y tendrán su domicilio social en alguno de sus municipios.
- Para constituir una federación deportiva andaluza es necesario el reconocimiento previo de la existencia de una modalidad deportiva independiente.
Documentación
Artículos 5 y 35 del Decreto 7/2000, de 24 de enero, y artículo 61 de la Ley 5/2016, de 16 de julio:
- Acta fundacional, otorgada ante notario, en la que conste la voluntad de los promotores, personas y entidades deportivas, de constituir una federación deportiva andaluza para la práctica, desarrollo y promoción de una determinada modalidad deportiva (artículo 35.1.a) del Decreto).
- Documento suscrito por los promotores, incluyendo una propuesta de organización en el territorio andaluz (artículo 35.1.c) del Decreto).
- Una declaración, debidamente documentada, en la que todos sus promotores reconocen la existencia de una práctica habitual y constante de una modalidad deportiva o de una forma de ejercicio de la actividad físico-deportiva no integrada en una federación deportiva andaluza ya constituida, o que pueda segregarse sin extinción de esta (artículo 35.1.d) del Decreto).
- Documentación acreditativa de los deportistas practicantes de la modalidad y de las especialidades deportivas que la integran (artículo 35.1.e) del Decreto).
- Documentación acreditativa de la capacidad legal, técnica y económica de los promotores e integrantes de la federación para la organización y gestión de, al menos una competición oficial de la modalidad o especialidad deportiva correspondiente (artículo 35.1.f) del Decreto).
- Proyecto de diversificación territorial del desarrollo de la modalidad deportiva, al menos, en tres provincias de Andalucía (artículo 35.1.g) del Decreto).
- Informe sobre sistemas-fórmulas de decisión o calificación, organización y desarrollo autónomos de la competición o competiciones oficiales, en conexión con otras competiciones oficiales del ámbito estatal (artículo 35.1.h) del Decreto).
- Fórmula de integración en la federación correspondiente (artículo 35.1.i) del Decreto).
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía
- Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
- Orden de 31 de marzo de 2010, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por la que se regula la tramitación telemática y se aprueban los formularios de las solicitudes de los procedimientos del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
- Resolución de 1 de julio de 2021, de la Dirección General de Promoción del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo, por la que se dispone la publicación modificación de los Formularios de las solicitudes de los procedimientos del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
- Corrección de errores de la Resolución de 1 de julio de 2021, de la Dirección General de Promoción del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo, por la que se dispone la publicación de modificación de los Formularios de las solicitudes de los procedimientos del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte (Cód.: A01025799).
- Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte (Cód.: A01025799).
- Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte (Cód.: A01025799).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
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Novedades
22/07/2021 Se ha modificado en este trámite:Normativas