Provisión de puestos de profesorado especialista con carácter provisional.

Información general

Título formal:

Provisión de puestos de profesorado especialista con carácter provisional.

Código:
6445
Organismo:
Desarrollo Educativo y Formación Profesional
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
04/06/2014

Descripción

Cubrir, mediante concurso específico y con carácter provisional, puestos de profesorado especialista que, figurando en las correspondientes plantillas de funcionamiento de los centros docentes, zonas o servicios educativos, se encuentren vacantes. Son puestos de profesorado especialista aquellos de las plantillas de funcionamiento a los que, por las características de los mismos, y de forma excepcional, es necesario incorporar a profesionales cualificados que ejerzan su actividad en el ámbito laboral, artístico o deportivo, para impartir determinadas materias o módulos de las enseñanzas de formación profesional y de las enseñanzas artísticas y deportivas.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente presencial.

Puedes realizar la presentación en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de las oficinas de correos.

Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa

Requisitos

Cuando las características del puesto lo requiera, y con autorización de la Dirección General competente en materia de profesorado, las Delegaciones Territoriales podrán incluir en la convocatoria, como requisito para la provisión, la realización de una prueba práctica o la presentación de un proyecto.

Los destinos se adjudicarán por el tiempo que figure en el contrato y, en todo caso, hasta el 30 de junio de cada curso académico.

Aceptación del puesto.

Articulos 27, 30 y 31 de la Orden de 24 de mayo de 2011, en la redacción dada por la Orden de 18 de junio de 2016.

Documentación

Documentación justificativa de los requisitos requeridos para el desempeño del puesto, así como otros méritos que se pudieran considerar de acuerdo con el baremo a que se refiere el artículo 30.1 de la Orden de 24 de mayo de 2011.

Solicitud

Artículo 29 de la Orden de 24 de mayo de 2011.

Plazo de Inicio

  • Las convocatorias se efectuarán por resolución de las personas titulares de las correspondientes Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de educación, de las que se dará traslado a la Dirección General competente en materia de profesorado. Las resoluciones se publicarán en los tablones de anuncios de las respectivas Delegaciones Territoriales así como, a efectos meramente informativos, en las correspondientes páginas web. El plazo para la presentación de las solicitudes será de, al menos, diez días (articulos 28 y 29 de la Orden de 24 de mayo de 2011).

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación

Agota vía administrativa

No

Novedades

  • 23/06/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 18/06/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • 23/10/2020 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • Última actualización: 28/04/2022
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