Espacios Públicos

ANTECEDENTES

Desde 1986 esta Consejería, en cooperación con los Ayuntamientos andaluces, ha venido desarrollando en el ámbito de la Comunidad Autónoma diversos programas de actuación en materia de espacios públicos. Estas actuaciones fueron programadas hasta el año 2010 por la Dirección General de Urbanismo y ejecutadas por la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.

La Ciudad Amable arranca a principios del año 2013 con la intención de “generar una nueva concepción sobre las formas de intervención en el espacio público” desde lo ecológico y lo social.

Constituye una iniciativa del gobierno andaluz que aspira a desarrollar acciones de sensibilización, formación y difusión sobre los valores y técnicas de intervención en el espacio público como lugar de la colectividad, la movilidad sostenible en la ciudad contemporánea y, en general, sobre la mejora de la calidad del espacio urbano y su activación social, cultural y económica. Pretende propiciar una ordenación social y medioambientalmente más racional del espacio público, otorgando mayor protagonismo, seguridad y comodidad al peatón y al ciclista.

Esta iniciativa y las actuaciones que han surgido de ella han sido el germen y la base sobre la que se asienta el nuevo programa de espacio público, en el que se incorporan los objetivos de la Consejería de Fomento y Vivienda, en cuanto a movilidad, sostenibilidad, participación, etc., así como los de las Estrategias Europeas, Nacionales y Andaluzas.

MARCO DE COMPETENCIA

Tras toda la experiencia previa acumulada se formula el Programa de Regeneración del Espacio Público Urbano, aprobado por el Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020 (Decreto 141/2016, de 2 de agosto), quedando enunciado en su artículo 95:

El Programa de Regeneración del Espacio Público Urbano tiene por objeto el desarrollo de actuaciones que persigan la regeneración de la ciudad consolidada mediante la reconversión o adecuación urbana del espacio público hacia un modelo de ciudad más sostenible y accesible, fomentando la reactivación social y económica del tejido conectivo de la ciudad consolidada, entendido como equipamiento al aire libre y como patio colectivo.

En el marco de este programa se mantendrán y/o desarrollarán los criterios y objetivos de la iniciativa La Ciudad Amable.

El nuevo Programa, se adscribe a la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Arquitectura que será el órgano encargado de su desarrollo, financiación y control en virtud de sus competencias (artículo 8.g del Decreto 211/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento y Vivienda) y será ejecutado en colaboración con las Delegaciones Territoriales de Fomento y Vivienda, mediante Convenios con los Ayuntamientos interesados.

El PREPU se enmarca en el Programa Operativo FEDER 2014-2020 de Andalucía en el Eje Prioritario 6 “Conservar y Proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos”, y en la Prioridad de Inversión 6e: “Acciones dirigidas a mejorar el entorno urbano, revitalizar las ciudades, rehabilitar y descontaminar viejas zonas industriales (incluidas zonas de reconversión), reducir la contaminación atmosférica y promover medidas de reducción del ruido”. En particular, se atiende al Objetivo Específico OE.6.5.1. y la Actuación 6.5.1.1., que se centran en la mejora, recuperación y regeneración del entorno urbano; todo ello sin perjuicio de contemplar otros objetivos y prioridades del Programa Operativo de manera transversal.

Además, como inversión adicional, se ha autorizado la Inversión Territorial Integrada (ITI) de la provincia de Cádiz.

PROGRAMA DE INTERVENCIÓN

La nueva Orden de desarrollo y tramitación del P.R.E.PU. establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la intervención en el espacio público urbano en régimen de concurrencia competitiva, para garantizar el cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, en el marco del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

En ella se define el concepto de regeneración del espacio público urbano como “el proceso de restablecimiento y mejora de aquellas zonas de la ciudad consolidada y de uso público que han sufrido degradación física o que se han visto afectadas por hábitos y conductas nocivos, a través de intervenciones que, favoreciendo procesos de participación ciudadana o surgidas a partir de los mismos, den respuesta a las carencias o demandas identificadas y que garanticen la sostenibilidad, la calidad del paisaje urbano y la integración de los aspectos sociales, económicos y ambientales”.

ACTUACIONES URBANAS

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