Consultas tributarias.
Información general
Consultas tributarias.
- Ciudadanía
- Empresas
- Asociaciones y organizaciones
- Administraciones
Descripción
Procedimiento por el cual la Administración tributaria contesta con carácter vinculante las consultas formuladas por los obligados tributarios, dentro de su ámbito competencial. Para aquellas cuestiones tributarias sobre normativa no aprobada por la Comunidad Autónoma de Andalucía, se remite al organismo competente para su resolución.
Puede acceder a toda la documentación en el siguiente enlace
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Documentación
Artículos 88 y 89 LGT y artículos 65 y siguientes del RD 1065/2007
Plazo de Inicio
- Deberán presentarse antes de la finalización del plazo previsto para el ejercicio de los derechos
Normativa
- Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre
Información adicional
Órganos responsables
- Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego (Cód.: A01034460), Sus resoluciones no vinculan ni a los Tribunales económico-administrativos ni a los de Justicia.
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 6 Meses. La falta de contestación en dicho plazo no implica la aceptación de los criterios expresados en el escrito de consulta.
Silencio: Negativo
Agota vía administrativa
Estado del procedimiento
Información pública:Información sobre el tratamiento de datos personales
CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego cuya dirección es C/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n, Edificio Torretriana, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla. Dirección de correo electrónico dgtfclj.cehyfe@juntadeandalucia.es
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.cehyfe@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento contestación a las quejas y/o sugerencias formuladas por los interesados e informes estadísticos, con la finalidad de velar por la efectividad de los derechos de la ciudadanía en sus relaciones con la Administración tributaria de la Junta de Andalucía; la licitud de dicho tratamiento se basa en el RGPD, artículo 6.1.c), el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal, consecuencia de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica: http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
e) No están previstas cesiones de datos salvo las derivadas de obligación legal. La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165882.html
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
01/06/2021 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
01/06/2021 Se ha modificado en este trámite:Descripción del procedimiento
01/06/2021 Se ha modificado en este trámite:URL de Información Pública
11/08/2023 Se ha modificado el campo: Activ. de Protección de Datos
11/08/2023 Se ha modificado el campo: Descripción del procedimiento
11/08/2023 Se ha modificado el campo: Tipos de documentos Coor. Inf. Adm.
Ayuda en el trámite
Página web