Convenio entre el SAS en el HUVR y la Asociación ADOL-ESSENCE en voluntariado
Fecha de suscripción
Partes firmantes
Director Gerente del Hospital Universitario Virgen del Rocío (Firma delegada de la Directora Gerente del SAS)
Representante Legal de la Asociación Adol-essence
Duración
1. El ámbito de actuación de la acción voluntaria objeto de este convenio se circunscribe al centro sanitario.
2. Este convenio de colaboración producirá efectos desde la fecha de su firma y tendrá vigencia de 4 años, prorrogables mediante acuerdo unánime de las partes, por el plazo máximo de 4 años adicionales, de conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, antes de la finalización del plazo inicial, debiendo dicho acuerdo formalizarse mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
2. Este convenio de colaboración producirá efectos desde la fecha de su firma y tendrá vigencia de 4 años, prorrogables mediante acuerdo unánime de las partes, por el plazo máximo de 4 años adicionales, de conformidad con el artículo 49.h de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Andaluz, antes de la finalización del plazo inicial, debiendo dicho acuerdo formalizarse mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
Objeto
El Convenio de colaboración del Hospital Virgen del Rocío con la Asociación Adol-essence tiene por objeto el acompañamiento voluntario a personas entre 15 y 25 años con enfermedades de larga duración durante su estancia en el Hospital Universitario Virgen del Rocío
Obligaciones económicas
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para el Hospital Universitario Virgen del Rocío.
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