Imprime los formularios que te indicamos y preséntalos en los registros de documentos.
Orden de 16 de mayo de 2013, por la que se aprueban los modelos de solicitud de inscripción
básica, modificación, prórroga y cancelación en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía, de designación de persona mediadora y de mediación familiar gratuita y el documento de aceptación del proceso de mediación (Boja núm. 100, de 24 de mayo de 2013)..
Las personas mediadoras están obligadas a comunicar al registro la solicitud de baja en la inscripción con una antelación mínima de un mes a la fecha prevista de la baja definitiva
Las personas mediadora que formen parte del turno para la mediación familiar, estarán obligadas a participar en los procesos de mediación familiar para los que hayan sido designadas
Las persona mediadoras inscritas comunicarán a la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de familia la información que a efectos estadísticos les sea solicita de forma periódica, así cuantos datos sean relevantes
Las solicitudes de prórroga deberán presentarse antes de la fecha de caducidad de la inscripción. Transcurrido el plazo de caducidad de la inscripción sin haberse solicitado la prórroga o sin que se haya llevado a efecto la acreditación de los requisitos previstos para la misma, procederá la cancelación de la inscripción.
Las personas mediadoras están obligadas a comunicar al Registro de Mediación Familiar cualquier variación que se produzca en relación con los datos aportados en el plazo de 15 días
Inscripción: artículo 10 del Decreto 37/2012, de 21 de febrero; Modificación y cancelación: artículo 11 del Decreto 37/201; Formación de las personas mediadoras: artículo 5 del Decreto 37/201 (todos con la redacción dada por el Decreto 65/2017).
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar al teléfono 955006300 o escribirnos a través de nuestro formulario de contacto.
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