Planes de gestión del riesgo de inundación

Información general

Organismo
  • Sostenibilidad y Medio Ambiente
Fecha de aprobación
Descripción

Los Planes de gestión del riego de inundación tienen como objetivo lograr una actuación coordinada de todas las Administraciones Públicas y la sociedad, para reducir los riesgos de inundación. 

Los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación de las Demarcaciones Internas de Andalucía fueron aprobados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía el 20 de octubre de 2015 y por el Consejo de Ministros el 15 de enero de 2016, mediante Real Decreto 21/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión del riesgo de inundación de las cuencas internas de Andalucía: demarcaciones hidrográficas del Tinto, Odiel y Piedras; Guadalete y Barbate; y Cuencas Mediterráneas Andaluzas.

Los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación de las demarcaciones hidrográficas del Guadalete y Barbate y de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas fueron anulados por sentencias del Tribunal Supremo de 8 y 11 de abril de 2019 y de 5 y 11 de julio de 2019.

Planes de gestión del riesgo de inundación

Periodo de vigencia
-

Evaluación del plan

La Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, conocida con el nombre de Directiva de Inundaciones fue transpuesta al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación. La Directiva obliga a los organismos de cuenca de los Estados miembros a la elaboración de los Planes de Gestión del Riesgo de Inundación siguiendo tres fases consecutivas y de forma cíclica o revisable cada 6 años coincidiendo con los periodos de planificación hidrológica. Estas tres fases son:

  • Evaluación Preliminar del Riesgo de Inundación
  • Elaboración de los Mapas de Peligrosidad y de Riesgo por Inundaciones
  • Redacción de los PGRIS de cada demarcación hidrográfica
Índice