Planes Especiales de Emergencia Exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a los establecimientos que se citan

Información general

Organismo
  • Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
Instrumentos de aprobación

Acuerdo de 21 de julio de 2009, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban los Planes Especiales de Emergencia Exterior ante el riesgo de acccidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a los establecimientos que se citan. (BOJA Nº 155 de 11/08/2009).

Fecha de aprobación
Descripción

La finalidad de los planes de emergencia exterior (PEE) es prevenir y, en su caso, mitigar los efectos de los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, limitando sus consecuencias para las personas, los bienes y el medio ambiente.

Están destinados a hacer frente a situaciones puntuales que entrañen un grave riesgo para personas y bienes, o que representen, también de forma grave, un riesgo de contaminación del medio ambiente. En general, en estas situaciones, se requiere la movilización de una gran cantidad de recursos humanos y materiales, por lo que es esencial una planificación previa de las actuaciones y de las medidas de protección que han de adoptarse.

Mediante Acuerdo de 21 de julio de 2009, del Consejo de Gobierno, se aprueban los Planes Especiales de Emergencia Exterior ante el Riesgo de Accidentes en los que intervienen sustancias peligrosas, correspondientes a los siguientes establecimientos:

1. Geocycle Valorización de Residuos, S.A., planta de combustibles alternativos, en Albox (Almería).

2. Verinsur, S.A., en Jerez de la Frontera (Cádiz).

3. Bioenergía Santamaría, S.A., en Lucena (Córdoba).

4. Compañía Logística de Hidrocarburos, S.A. (CLH, S.A.), instalación de almacenamiento de Córdoba (Córdoba).

5. Compañía Logística de Hidrocarburos, S.A. (CLH, S.A.), instalación de almacenamiento de Motril, (Granada).

6. Compañía Energética Las Villas, S.L. (Celvi), en Villanueva del Arzobispo (Jaén).

7. Compañía Energética Puente del Obispo Cepuente, S.L. (Cepuente), en Baeza (Jaén).

8. Compañía Logística de Hidrocarburos, S.A. (CLH, S.A.), instalación de almacenamiento de Málaga.

9. Compañía Logística de Hidrocarburos, S.A. (CLH, S.A), instalación de almacenamiento de Sevilla (Sevilla).

10. Fitotrans, S.A., en Carrión de los Céspedes (Sevilla).

11. Productos A.J.F., S.L, en Morón de la Frontera (Sevilla).

12. Polígono industrial Carretera de la Isla II, en Dos Hermanas (Sevilla).

Periodo de vigencia
Desde

Evaluación del plan

La evaluación del Plan de Emergencia Exterior (PEE), se realiza de forma continua durante su implantación y mantenimiento, con el objetivo de que los procedimientos de actuación previstos en el PEE sean operativos. Dicha evaluación se basa entre otras cuestiones en actualizaciones y revisiones periódicas, realización de ejercicios de adiestramiento o simulacros, las cuales se describen en el propio documento.

Es importante señalar que el PEE establece un período de tiempo máximo de 3 años para realizar la revisión del mismo. Además, se considera la conveniencia de hacer la revisión con anterioridad al vencimiento de dicho período, cuando así lo aconsejen los resultados de los ejercicios y simulacros, la evolución de los conocimientos técnicos en la evaluación y formas de actuar ante un accidente dónde intervienen sustancias peligrosas, las modificaciones en los establecimientos a los que da cobertura, alteraciones en los servicios intervinientes, o cualquier otra circunstancia, que afecte sustancialmente la eficacia en su aplicación.

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