Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Concesión de servicios. Se impugna el decreto de inicio del servicio, considerando el Tribunal que se trata de un acto de ejecución no recurrible y que la asociación carece de legitimación al no participar ni poder resultar adjudicataria, apreciando además reiteración de argumentos ya resueltos. Inadmisión con multa.
Fecha:Número de recurso: Recurso 313/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: OtrosTipo de resolución: InadmisiónSe recurre la exclusión en una licitación para el uso privativo de un quiosco‑bar en dominio público, inadmitiendo el Tribunal al considerar que se trata de una autorización o concesión demanial (negocio patrimonial) excluida de la LCSP (art. 9), por lo que no es susceptible de recurso especial ni es competente el Tribunal. Inadmisión.
Fecha:Número de recurso: Recurso 312/2026Tipo de contrato: OtrosActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: InadmisiónExclusión. Incumplimiento de las titulaciones exigidas con relación a los medios personales exigidos como concreción de la solvencia técnica o profesional. La recurrente alude a la doctrina de los actos propios y de la confianza legítima. Los pliegos son la ley entre las partes. Las licitaciones son independientes de otras anteriores o coetáneas. No procede invocar el precedente administrativo en la ilegalidad. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 279/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. Doctrina del Tribunal sobre la legitimación del recurrente en los supuestos de falta de acreditación del interés legítimo en la impugnación de los pliegos: si bien alguno de los extremos cuestionados no le hubieran impedido en puridad presentar una oferta en condiciones de igualdad, la alegación basada en la disponibilidad de una sede física en el radio exigido no es suficiente para negar la legitimación. Examen del primer motivo de impugnación basado en la falta de desglose de los costes conforme exige la LCSP: doctrina del Tribunal sobre la elaboración y configuración del PBL. Se estima el motivo porque ni el clausulado ni la memoria justificativa incorporan el desglose que exige la ley sin que pueda admitirse como excusa la naturaleza intelectual de las prestaciones a contratar, ni tampoco la ausencia de convenio colectivo aplicable. Respecto del motivo de impugnación relativo a la legalidad del criterio de arraigo territorial establecido en la memoria se expone la doctrina del Tribunal sobre las cláusulas de arraigo territorial establecidas en los pliegos y se analiza la previsión del pliego que no aparece configurada como requisito de solvencia ni como criterio de adjudicación, sino como compromiso de adscripción de medios del artículo 76.2 de la LCSP, configurándose como obligación esencial a los efectos del artículo 211, letra f) de la LCSP: se constata la ausencia de justificación de la exigencia de disponer de una sede propia en un radio de 120 kilómetros, con infracción de los artículos 28 y 116.4 letra c) de la LCSP. Respecto de la falta de justificación de la elección de los criterios de adjudicación e infracción de los artículos 116.4 c) y 146 de la LCSP, tras el examen por el Tribunal se aprecia la falta de justificación de aquellos a la vista de la doctrina del Tribunal (Resolución 366/2020, de 29 de octubre) al constatar que la memoria obrante en el expediente no hace referencia alguna a los criterios de adjudicación sino que justifica el establecimiento del umbral de saciedad por la litigiosidad de la entidad local. Doctrina del Tribunal sobre los umbrales de saciedad. La validez del umbral no depende de su mera previsión en los pliegos, sino de la existencia de una justificación concreta, previa y verificable. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 276/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: EstimaciónExclusión / adjudicación. Concierto social (servicios). Se impugna la adjudicación tras haber sido previamente excluida la recurrente, cuya exclusión fue confirmada por resolución firme no recurrida. El Tribunal aplica la doctrina del Tribunal Supremo (STS 155/2026), según la cual la firmeza de la exclusión produce efectos preclusivos plenos, impide reabrir indirectamente la controversia mediante recurso contra la adjudicación y determina la pérdida de legitimación activa al carecer de interés legítimo. Inadmisión.
Fecha:Número de recurso: Recurso 307/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónPliegos. Contrato de suministro. Se recurre el PPT alegando que incorpora prestaciones adicionales que restringen la competencia; el Tribunal inadmite por falta de legitimación activa al no haber presentado oferta ni acreditar que los pliegos impidan concurrir, considerando que las prestaciones añadidas son accesorias e instrumentales al suministro eléctrico y no constituyen barreras de acceso. Inadmisión.
Fecha:Número de recurso: Recurso 301/2026Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: InadmisiónAdjudicación. Oferta de un décimo de euro en dos de las prestaciones objeto del contrato. Doctrina sobre ofertas a precio cero o casi cero euros y su posible consideración como proposiciones en fraude de ley. Concurren los requisitos para considerarla realizada en fraude de ley: la oferta adjudicataria obtuvo la mejor puntuación en el criterio oferta económica pese a no ser la más económica y además ha quedado acreditado el traslado de los costes de las dos prestaciones ofertadas a precio casi cero al coste de la prestación ofertada al precio cercano al de licitación. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 275/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación ParcialAdjudicación. Errónea valoración de la oferta de la adjudicataria con arreglo al criterio susceptible de aplicación mediante fórmulas "conservación de reactivos". Exigencia de disponibilidad del software para el Sistema de Gestión del Banco de Sangre. Allanamiento del órgano de contratación. Examen de los motivos de impugnación para analizar si constituye una infracción del ordenamiento jurídico. Respecto del primer motivo de impugnación, se concluye que no resulta admisible la reinterpretación de la literalidad del pliego efectuada por el órgano que conlleva la modificación de la puntuación de la adjudicataria, a la vista del contenido de los sobres 2 y 3 de su oferta. Respecto del segundo motivo de impugnación, se concluye que, de conformidad con lo previsto en el PPT, no se exigía una acreditación documental expresa de la disponibilidad del software por lo que la actuación de la mesa, que acordó requerir a la propuesta adjudicataria la aclaración de los términos del acuerdo, fue proporcionada y correcta, sin que sea necesario la retroacción de actuaciones a la que se allana el órgano. No se acepta el allanamiento. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 297/2026Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Incumplimientos de la oferta de la adjudicataria de determinadas especificaciones técnicas exigidas en el PPT. Allanamiento del órgano de contratación. Marco de la discrecionalidad técnica en este tipo de supuestos. Doctrina. Cuestiones estrictamente técnicas, no se aprecia infracción del ordenamiento jurídico en el allanamiento del órgano de contratación. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 270/2026Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: EstimaciónServicios. Motivación de la resolución de adjudicación. La confidencialidad de las ofertas no puede privar completamente de justificación a la adjudicación, especialmente en lo relativo a los criterios de juicio de valor. Publicación de los informes técnicos: obligación para la que la LCSP no concreta el momento procedimental exacto, pero este debe ser anterior o coetáneo a la adjudicación. Indefensión de los licitadores. Discrecionalidad técnica en la valoración de la documentación previa. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 266/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación Parcial
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