Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Exclusión. Acuerdo marco de suministro. La mesa debe acordar la exclusión, no hacer una propuesta de exclusión. Conveniencia de comunicar la exclusión con pie de recurso para que el licitador excluido pueda interponer el recurso especial en ese momento procesal y no frente a la adjudicación. La recurrente no presentó las muestras exigidas en el PCAP, al considerar que no hacía falta al estar utilizándose los productos por el órgano de contratación, al haber sido entregados en virtud de contratos anteriores. Doctrina sobre el ámbito de libertad y discrecionalidad de que goza el poder adjudicador en la configuración del objeto del contrato. Doctrina lex contractus. Doctrina sobre el carácter autónomo e independiente de los procedimientos de contratación respecto de otros anteriores o coetáneos. Doctrina sobre aclaraciones o subsanaciones. No se puede subsanar lo que en el momento de finalización del plazo de presentación de proposiciones “no existe de manera indudable”, como es la acreditación de la presentación de las muestras por la recurrente, ya que ella misma reconoció expresamente que no las había presentado, por lo que la mesa, conociendo que no era posible la subsanación, decidió no otorgarla y excluyó a la recurrente, teniendo en cuenta también lo establecido en el PCAP que obligaba en tal caso a dicha exclusión. Principio de igualdad de trato entre los licitadores. Desestimación
Fecha:Número de recurso: Recurso 85/2026Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. Análisis de la naturaleza jurídica y tratamiento del escrito presentado a tenor de su contenido: delimitación de la actuación recurrible. Sin perjuicio de considerar claramente extemporáneo el escrito como de ampliación del recurso, y sin prejuzga la legalidad de la actuación administrativa que se denuncia en relación con la incoherencia entre el documento publicado el 30 de enero de 2026 y los pliegos, se incide en aspectos ya cuestionados en el RCT 47/2026 y se ve afectado por la Resolución 64/2026. Efectos de la estimación parcial efectuada en nuestra Resolución 64/2026: desaparición sobrevenida del objeto del recurso ya que la pretensión que se ejercita va dirigida contra el mismo acto impugnado que ha sido anulado. Declaración de concluso del procedimiento.
Fecha:Número de recurso: Recurso 68/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: InadmisiónPliegos. Contrato de suministro. Se recurre el PPTP por contener prescripciones técnicas restrictivas de la competencia, declarando el Tribunal que la exigencia conjunta de potencia mínima y anchura de hoja frontal no está suficientemente justificada ni permite soluciones equivalentes, generando un efecto excluyente contrario a los principios de igualdad y libre concurrencia. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 262/2026Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Estimación ParcialActo de trámite no cualificado. Contrato de servicios. Se recurre la propuesta de adjudicación alegando errores en la valoración y clasificación de ofertas, inadmitiendo el Tribunal el recurso al tratarse de un acto interno de la mesa sin efectos decisorios ni perjuicio irreparable, debiendo impugnarse en su caso la adjudicación. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 272/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónExclusión. Servicios. Fondos europeos: plazo de interposición. No cabe adhesión al recurso especial. Exclusión de la oferta: el contenido de estos documentos contractuales en lex contractus y lex inter partes, no siendo posible que la recurrente alegue las imperfecciones del pliego administrativo, consentido libremente por ella y no recurrido en su día, como cuestiones dirimentes de la legalidad de su exclusión. Las eventuales lagunas y omisiones, e incluso contradicciones, del pliego no afectan a su aplicación, si bien deben ser interpretadas para conocer su verdadero alcance, siendo la Administración quien tiene la misión de llevar a cabo esta labor hermenéutica, sin perjuicio del control posterior. Doctrina de la contaminación de los sobres: la revelación indubitada de datos del sobre núm. 3 contenida en el sobre núm. 2, va a conducir a la exclusión de la oferta si produce una contaminación o una ventaja indebida, siempre que previamente se haya llevado a cabo el correspondiente juicio de proporcionalidad. Importancia de las notas aclaratorias publicidad durante la licitación. El principio de discrecionalidad técnica de la Administración afecta la valoración de los criterios sometidos a juicio de valor y a su relación con los puntuables mediante fórmulas. No cabe subsanación de la oferta cuando puede significar una modificación sustantiva de la oferta. Es una buena práctica administrativa la adopción de acuerdos específicos de exclusión cuando estos se produzcan, si bien su ausencia formal no determina por sí misma la nulidad si la exclusión está motivada y comunicada en un acto recurrible (la adjudicación) y se ha posibilitado el acceso a la tutela revisora a través del recurso especial. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 209/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónActo de trámite no cualificado. Contrato administrativo especial de servicios. Se recurre la propuesta de adjudicación, considerando el Tribunal que se trata de un acto interno no decisorio que no produce efectos jurídicos ni perjuicio irreparable, por lo que no es susceptible de recurso especial, debiendo impugnarse en su caso la adjudicación. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 265/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónActo no recurrible. Contrato mixto con prestación principal de obra. Se recurre la adjudicación en un procedimiento negociado sin publicidad, inadmitiendo el Tribunal el recurso por no superar el contrato el umbral económico exigido para obras, al tratarse de un contrato calificado como obra y no como suministro. Inadmisión
Fecha:Número de recurso: Recurso 255/2026Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónExclusión. Motivación. Doctrina. Irregularidades no invalidantes, ausencia de pie de recurso. No se aprecia infracción en la actuación de la mesa de contratación. Falta de fundamentación del recurso. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 202/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónExclusión. Cómputo del plazo conforme a la disposición adicional decimoquinta de la LCSP. A la fecha del envío del requerimiento documental el acto objeto de notificación no se había publicado en el perfil de contratante, que fue publicado con posterioridad a la exclusión de la oferta, razón por la cual no puede iniciarse el cómputo desde la referida el envío sino desde la recepción de la notificación. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 204/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: EstimaciónExclusión. Contrato de servicios. Se recurre la exclusión en un procedimiento de licitación promovido por el Ayuntamiento de Málaga, inadmitiendo el Tribunal el recurso por falta de competencia al tratarse de un municipio de gran población sin convenio que le atribuya dicha competencia, procediendo su remisión al órgano competente. Inadmisión.
Fecha:Número de recurso: Recurso 257/2026Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Inadmisión
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