Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales

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6776 recursos disponibles
  • Pliego de cláusulas administrativas particulares y anuncio de licitación. Legitimación colegios profesionales. Cómputo del plazo de presentación de ofertas. Días naturales. No aplicación de la Ley 39/2015 al tener la LCSP un régimen especial. División del contrato en lotes. Justificación. Limitación de presentación de proposiciones a un lote. Justificación. Desestimación.
    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 430/2018
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Anuncio y/o Pliegos
    Tipo de resolución: Desestimación
  • Adjudicación. Error en la valoración de las ofertas conforme a un criterio sujeto a juicio de valor. Superación de los límites de la discrecionalidad técnica. Allanamiento del órgano de contratación a las pretensiones de la recurrente. No es posible una nueva valoración de las ofertas conforme a criterios sujetos a juicios de valor, con posterioridad al conocimiento íntegro de la totalidad de las ofertas relativas a los criterios evaluables de forma automática: quiebra de las garantías de imparcialidad y objetividad en el proceso de selección de la oferta económicamente más ventajosa. Nulidad del procedimiento de adjudicación. Estimación parcial.
    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 460/2018
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Estimación Parcial
  • Adjudicación. Exclusión. El pliego es ley entre las partes. No procede admitir la subsanación de la documentación transcurrido el plazo concedido para ello, ya que lo contrario implicaría admitir una ampliación del citado plazo lo que supondría una quiebra del principio de igualdad. Incumplimiento requisitos mínimos PPT: debe apreciarse con base en la documentación técnica y muestras aportadas a la licitación y no con apoyo en documentos o información ajena a la misma no previsto en los pliegos y desconocidos para los licitadores. Desestimación.
    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 448/2018
    Tipo de contrato: Suministro
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Desestimación
  • Adjudicación. No es posible interponer recurso contra acto que se dicta en ejecución de resolución de este Tribunal, que es firme en vía administrativa. Si no existía conformidad con el modo de ejecución dispuesto en la resolución del Tribunal, se debió haber interpuesto contra ella recurso contencioso-administrativo. Correcto orden de apertura de sobres. Violación del secreto de la oferta: no se aprecia. La no presentación de documentación relativa a un criterio de adjudicación solo implica la no valoración de la oferta con arreglo al mismo. Los principios de economía procesal y de legitimación imponen desestimar el recurso pues, aun cuando se estimara parcialmente, en ningún caso podría adjudicarse el contrato a favor de la recurrente. Desestimación.
    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 420/2018
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Desestimación
  • Acto de clasificación de proposiciones presentadas. Acto no susceptible de recurso especial conforme al artículo 44.2 de la LCSP. Inadmisión.
    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 129/2019
    Tipo de contrato: Acuerdo Marco
    Acto recurrido: Otros
    Tipo de resolución: Inadmisión
  • Adjudicación. La oferta adjudicataria no está incursa en presunción de anormalidad con arreglo a los parámetros del pliego. El precio hora ofertado solo significa que es el que se cobrará y facturará al órgano de contratación por los servicios que le preste el adjudicatario, pero dicho precio no tiene por qué coincidir con el coste de esas horas de trabajo para la empresa adjudicataria. La diferencia entre el precio hora ofertado y el coste hora de trabajo según convenio colectivo no significa que vaya a incumplirse la normativa laboral y convencional: los precios unitarios ofertados han de considerarse en el conjunto o globalidad de la oferta, pudiendo hacerse una oferta más baja en una de las prestaciones o servicios del contrato que pueda compensarse con la realizada en otra partida o componente del mismo. Desestimación.
    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 423/2018
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Desestimación
  • Adjudicación. La oferta adjudicataria no está incursa en presunción de anormalidad con arreglo a los parámetros del pliego. El precio hora ofertado solo significa que es el que se cobrará y facturará al órgano de contratación por los servicios que le preste el adjudicatario, pero dicho precio no tiene por qué coincidir con el coste de esas horas de trabajo para la empresa adjudicataria. La diferencia entre el precio hora ofertado y el coste hora de trabajo según convenio colectivo no significa que vaya a incumplirse la normativa laboral y convencional: los precios unitarios ofertados han de considerarse en el conjunto o globalidad de la oferta, pudiendo hacerse una oferta más baja en una de las prestaciones o servicios del contrato que pueda compensarse con la realizada en otra partida o componente del mismo. Desestimación.
    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 422/2018
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Desestimación
  • Adjudicación. Notificación individual y fehaciente de la exclusión a la entidad recurrente que no presentó recurso especial contra el citado acto en el plazo legal. El recurso contra la adjudicación es extemporáneo. Aunque el escrito de alegaciones dirigido por la recurrente al órgano de contratación tras su exclusión no reviste naturaleza de recurso, aun considerándolo como tal sería igualmente extemporáneo. Inadmisión.
    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 446/2018
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Inadmisión
  • Recursos contra la exclusión de la entidad ahora recurrente. Acumulación de recursos en la resolución. La recurrente no ha hecho uso del trámite de vista de expediente ante el Tribunal previsto en el artículo 52 de la LCSP ni ha alegado falta de motivación. Exclusión por no acreditar la elaboración, vigencia y aplicación efectiva del plan de igualdad exigido: procede. No es posible conceder un nuevo trámite de subsanación. No procede admitir una subsanación de la subsanación. Infracción del principio de igualdad y del artículo 81.2 del RGLCAP. Improcedencia de la aplicación en el supuesto examinada del artículo 95 de la LCSP. La recurrente debe soportar las consecuencias de su falta de diligencia en la presentación de la documentación. Inadmisión por extemporaneidad. Desestimación.
    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 412 y 458/2018
    Tipo de contrato: Servicio
    Acto recurrido: Actos de trámites cualificados
    Tipo de resolución: Desestimación
  • Resolución de adjudicación. Impugnación de las condiciones que rigen la licitación de un contrato basado con segunda licitación en un acuerdo marco: doctrina de la impugnación indirecta del pliego con motivo del recurso contra un acto posterior como la adjudicación. La documentación contractual que establece las condiciones que han de regir la licitación ha devenido en acto firme y consentido. Un licitador razonablemente informado y normalmente diligente pudo y debió apreciar la supuesta ilegalidad del pliego tras su publicación. Sentencia del TJUE Evigilo (asunto C-538/13). Desestimación.
    Fecha:
    Número de recurso: Recurso 395/2019
    Tipo de contrato: Suministro
    Acto recurrido: Adjudicación
    Tipo de resolución: Desestimación
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