Resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales
Adjudicación. Diputación Málaga: consideraciones sobre los requisitos a cumplir por órganos especiales locales de resolución de recursos. Inadmisión por incompetencia
Fecha:Número de recurso: Recurso 344/2024Tipo de contrato: MixtoActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: InadmisiónAdjudicación. Doctrina sobre incumplimiento del PPT como causa de exclusión. No queda acreditado que la oferta de la adjudicataria incumpla clara y expresamente con los requerimientos respecto a recursos humanos y materiales requeridos en el PPT. Principio de proporcionalidad. Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la cuestión. La verificación deberá realizarse en fase de ejecución del contrato. En cuanto a la incongruencia de la oferta por falta de adecuación de los medios humanos y materiales tras las mejoras ofertadas, queda acreditado que los términos de la proposición adjudicataria corresponden a la oferta inicial que no fue objeto de mejoras. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 317/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. Criterios sujetos a aplicación de fórmulas que requieren una valoración a través de un juicio de valor. Debe estimarse el recurso por este motivo, puesto que excede la redacción de dichos criterios de adjudicación denunciados los límites admisibles de discrecionalidad que tiene el órgano de contratación de redacción de los criterios automáticos. Estimación parcial
Fecha:Número de recurso: Recurso 314/2024Tipo de contrato: MixtoActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Estimación ParcialExclusión. Interpretación razonable. Incumplimientos claros y objetivos de determinadas prescripciones técnicas contenidas en el PPT. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 328/2024Tipo de contrato: ObrasActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: DesestimaciónPliegos. Concesión de servicios públicos de alumbrado exterior del Ayuntamiento de Atarfe (Granada). Legitimación de los Concejales de una Corporación municipal. Análisis por el Tribunal de la cuestión nuclear relativa a la existencia o no de transferencia de riesgo operacional que permita la calificación jurídica como concesión de servicios. El recurrente invoca la doctrina contenida en la Resolución 174/2024 de este Tribunal así como el informe de la Oficina Nacional de Evaluación (ONE) sobre la contratación de la concesión de servicios de alumbrado público exterior del Ayuntamiento de Castro del Rio. Examen del objeto del contrato, de las prestaciones y de la forma de retribución: en el contrato que nos ocupa, todas las prestaciones están definidas con exactitud y debidamente presupuestadas con arreglo al estudio de costes y al plan director en el que se basa el citado informe sin que se prevea variaciones a lo largo del contrato, por lo que la exposición a las incertidumbres del mercado es muy reducida en un nivel semejante al principio de riesgo y ventura de un contrato de servicios o de suministro. Aun cuando la estimación del referido motivo respecto de la calificación jurídica correcta haría innecesario el resto de los motivos de impugnación, se analizan las irregularidades procedimentales denunciadas. Se desestima el motivo de impugnación relativo a la falta de publicación de la memoria justificativa en el perfil de contratante por haber quedado acreditado que sí figura publicada. Se desestima igualmente el motivo referido a la falta de publicación y sometimiento al trámite de información pública del estudio económico de viabilidad, por la constancia fehaciente de la cumplimentación de tales trámites en el expediente. Solo se estima el motivo de impugnación relativo a la indebida omisión, en su caso, del informe preceptivo de la ONE y todo ello sobre la base de que la calificación jurídica del contrato en los pliegos hubiese sido ajustada a derecho. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 300/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: Estimación ParcialPliegos. Modificación realizada de los pliegos que se impugna por considerar que rebasa el artículo 136.2 de la LCSP, por lo que se debió de proceder a retrotraer todo el procedimiento. Posibilidad de que la modificación de los pliegos aunque no sea una rectificación no tenga que producir necesariamente la retroacción de todas las actuaciones. Doctrina sobre los requisitos. Condición especial de ejecución relativa a la confidencialidad regulación en el PCAP como causa de resolución del contrato. Cumplimiento del artículo 202.1 de la LCSP. Artículo 211.1. de la LCSP incumplimiento de una condición especial de ejecución como causa de resolución. Anulación de la adjudicación y retroacción de actuaciones al momento d evaloración de las ofertas a fin de que se excluya a la adjudicataria. Desestimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 321/2024Tipo de contrato: ObrasActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: DesestimaciónAdjudicación. Falta de motivación del acuerdo de exclusión de la entidad recurrente del procedimiento de adjudicación. Inadmisión del recurso frente a la adjudicación del contrato por falta de legitimación. Estimación Parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 297/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación ParcialExclusión. La oferta es excluida por no poder constatar el cumplimiento de uno de los requisitos técnicos que posteriormente el órgano de contratación comprueba que posee previo estudio de la documentación aportada en via de recurso. Principio de proporcionalidad. El órgano de contratación debió solicitar aclaración o subsanación antes de proceder a la exclusión. Por economía procesal, no procede solicitar subsanación para aportar documentación para valoración de la comisión técnica y admisión del órgano de contratación, que ya ha tenido lugar. Falta de contaminación en la valoración al no estar abierta la oferta económica y técnica de la empresa. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 334/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: Actos de trámites cualificadosTipo de resolución: Estimación ParcialPliegos.La recurrente fundamenta la pretensión de nulidad en la inviabilidad de la exigencia de tres de los certificados exigidos por tratarse de medios acreditativos de la solvencia no previstos en el artículo 90.1 de la LCSP; por no encontrarse vinculados al objeto del contrato ni ser proporcionales al mismo, con infracción del artículo 74.2 de la LCSP, así como el principio de igualdad de trato en el acceso a la licitación. Análisis: doctrina del Tribunal contenida en la Resolución 120/2022, de 18 de febrero sobre la exigencia del cumplimiento de normas de garantía de la calidad o de gestión medioambiental así como en la Resolución 301/2023, de 2 de junio relativa a la exigencia de un certificado de calidad para acreditar el cumplimeinto de una norma de calidad no determinada en el PCAP. El análisis concluye que no se acredita el cumplimiento de las previsiones del artículo 90 de la LCSP respecto a la concreción de los requisitos y condiciones de solvencia. Vinculación con el objeto del contrato: el informe del órgano viene a reconocer, respecto de la exigencia de dos de los certificados, no solo la posible afección a la concurrencia, sino la escasa vinculación con el objeto del contrato, lo que ha de conducir a la estimación del motivo de impugnación, y no solamente respecto de los dos certificados respecto de los que el informe del órgano reconoce su impertinencia o posible efecto restrictivo, sino también respecto del certificado del Sistema de Seguridad y Salud Laboral. Estimación.
Fecha:Número de recurso: Recurso 335/2024Tipo de contrato: ServicioActo recurrido: Anuncio y/o PliegosTipo de resolución: EstimaciónAdjudicación. Doctrina sobre el incumplimiento del PPT como causa de exclusión que solo procede cuando el incumplimeinto sea claro, expreso y deducible de la oferta, lo que no se constata respecto del incumplimiento relativo a la omisión de los distintos elementos constitutivos del pack, que se comprobó a través del análisis de las muestras presentadas. Respecto del incumplimiento del requisito relativo a las medidas del paño no fenestrado, invocación de la doctrina sobre la vinculación tanto de las partes como del órgano de contratación a lo establecido en los pliegos, el órgano de contratación se autolimita en el ejercicio de su facultad de apreciación y no puede apartarse de las condiciones previamente establecidas, ni siquiera para admitir ofertas que, aun incorporando mejoras, no cumplan estricto sensu las especificaciones técnicas exigidas. Estimación parcial.
Fecha:Número de recurso: Recurso 307/2024Tipo de contrato: SuministroActo recurrido: AdjudicaciónTipo de resolución: Estimación Parcial
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