Protocolo general de actuación entre la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias de la Junta de Andalucía y el Consejo Evangélico Autonómico de Andalucía
Con anterioridad a la finalización del plazo de duración previsto se podrá prorrogar por acuerdo unánime de las partes, por un máximo de cuatro años.
Objeto
El presente Protocolo tiene por objeto establecer un marco general de colaboración entre la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, y el Consejo Evangélico Autonómico de Andalucía para fomentar el derecho de libertad religiosa, la igualdad de todas las confesiones en nuestra Comunidad Autónoma. Asimismo, el presente Protocolo tiene por finalidad promover la visibilización Institucional y social de la Comunidad Evangélica en Andalucía, reconociendo su aportación histórica y actual a la convivencia, la cohesión social y el desarrollo de iniciativas de carácter educativo, solidario y comunitario en la Comunidad Autónoma.
Modificaciones
1. El contenido del presente Protocolo podrá ser actualizado o modificado de mutuo acuerdo en cualquier momento, a cuyo efecto las partes suscribirán la correspondiente Adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos.
2. El Protocolo se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
- Por el transcurso del plazo de vigencia.
- Por acuerdo unánime de las partes
- Por imposibilidad justificada de realizar el objeto del Protocolo
- Por la denuncia de cualquiera de los firmantes
- Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio
- Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en otras leyes
Obligaciones económicas
La formalización del presente Protocolo no implica la generación de gasto para ninguna de las partes firmantes, sin perjuicio de que lo pueden tener los futuros Convenios específicos a que se refiere la cláusula décima.
La Junta