Convenio de colaboración para la cesión gratuita de bien inmueble para prestación de Asistencia Sanitaria entre el Servicio Andaluz de Salud y el Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de Tapia.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
La Directora Gerente del Área Gestión Sanitaria Norte de Málaga (mediante delegación de firma de la Directora Gerente del Servicio Andaluz de Salud)
Alcalde del Ayuntamiento de Villanueva de Tapia
Duración
Según cláusula Quinta del propio convenio;
El convenio de colaboración producirá efectos desde la fecha de la última de las firmas hasta pasado 4 años, pudiendo prorrogarse mediante acuerdo unánime de las partes, por el plazo máximo de 4 años, antes de la finalización del plazo inicial, debiendo dicho acuerdo formalizarse mediante la suscripción de la citada adenda.

Objeto

Según cláusula Primera del propio convenio;

El presente convenio tiene por objeto la cesión por parte del Ayuntamiento de Villanueva de Tapia al SAS, del inmueble descrito en el Expositivo segundo, para su uso gratuito como ubicación del Consultorio de Salud Local, y la determinación de las condiciones de la colaboración de las dos administraciones en cuanto al uso del bien cedido. La cesión está condicionada al destino del bien a la prestación de servicios sanitarios por el SAS.

Modificaciones

Según cláusula Octava del propio covenio;

La modificación de las cláusulas del presente convenio de colaboración requerirá acuerdo expreso y unánime de las partes firmantes, (coordinar en su caso con las funciones del órgano de seguimiento), y se formalizará mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

Obligaciones económicas

Según cláusulas Segunda y Tercera del propio convenio;

Compromisos del Ayuntamiento de Villanueva de Tapia. 1. El Ayuntamiento de Villanueva de Tapia se compromete a: a) Realizar las adecuaciones estructurales para el acceso, circulación y asistencia de los usuarios que se precisen en el espacio cedido y asumirá los gastos que esto comporte. b) Asumir los costes de limpieza, consumos de luz y agua del inmueble cedido siempre que el inmueble se utilice para la prestación de los servicios sanitarios. 2. El Ayuntamiento de Villanueva de Tapia no tendrá relación alguna con las personas físicas o jurídicas que contraten con el SAS en relación con el inmueble cedido o por las actividades desarrolladas en él. 3. El Ayuntamiento de Villanueva de Tapia no se subrogará en los contratos y relaciones jurídicas existentes con el SAS en caso de extinción del convenio y viceversa

Compromisos del Servicio Andaluz de Salud. El SAS se compromete a prestar la debida asistencia sanitaria y a abonar al Ayuntamiento de Villanueva de Tapia en concepto de gastos de limpieza, consumo de luz, agua, la cantidad de 8.376,65€ anuales € anuales a vencimiento semestral tras certificación de la Dirección del Área de Gestión Sanitaria cumplimiento de los compromisos por la otra parte. Estas cantidades no serán objeto de revisión durante la vigencia del convenio

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