Préstamo

El servicio de préstamo está contemplado en la Orden de la Consejería de Cultura de 24 de septiembre de 2001 por la que se regula el acceso, servicios y servicio de préstamo de las bibliotecas de la Red de Lectura Pública de Andalucía (BOJA núm. 129, de 08.11.2001), y modificado por Orden de 30 Julio de 2007 (BOJA núm. 170, de 29.08.2007).

Existen cuatro modalidades de préstamo: personal, colectivo, interbibliotecario y online a través del servicio eBiblio.

Podrán beneficiarse del Servicio de Préstamo todas las personas que posean el tarjeta de usuario/a de la biblioteca, que es personal e intransferible. La obtención de la tarjeta es gratuita y se puede hacer de forma presencial o telemática.

Préstamo en domicilio

Podrán beneficiarse del Servicio de Préstamo todas las personas que posean el tarjeta de usuario/a de la biblioteca, que es personal e intransferible. La obtención de la tarjeta es gratuita y se puede hacer de forma presencial o telemática.

Forma presencial

Debes entregar en la biblioteca el formulario de inscripción cumplimentado (PDF 95.57 KB) y adjuntar fotocopia del DNI, tarjeta de residencia, pasaporte o libro de familia.

En el caso de menores de 14 años, la solicitud se acompañará de autorización por escrito de la madre, padre o persona que ejerza su guarda y custodia, junto con fotocopia del DNI o pasaporte del mismo.

En el caso de extranjeros no residentes en España, la tarjeta de usuario sólo podrá obtenerse de forma presencial.

Forma telemática

También puedes solicitar tu tarjeta de usuario/a con certificado digital, a través de la Plataforma de Tramitación Electrónica. En ese caso la tarjeta podrá recogerse personalmente en la Biblioteca o recibirse en el domicilio por correo postal según la modalidad escogida.

Número de préstamos

Los usuarios/as podrá retirar en calidad de préstamo en domicilio hasta un máximo de 12 ejemplares:

  • 8 libros y hasta 4 materiales no librarios.
  • El plazo de préstamo para los materiales librarios será de 15 días, renovable una sola vez por un periodo de 10 días, siempre que no estén reservados.
  • Para los materiales no librarios, el préstamo será de 7 días no renovables.

Ampliación de préstamos

Solamente se pueden renovar los libros por un periodo adicional de 10 días, una sola vez, siempre que no estén reservados. Las ampliaciones se pueden realizar por por teléfono (959.650.397), desde el catálogo OPAC, así como en el mostrador de préstamo de la Biblioteca.

Reservas

Los usuarios/as podrán solicitar la reserva de un documento prestado tanto desde el catálogo OPAC, como desde el mostrador de préstamo.

La Biblioteca contempla la ampliación del tiempo de préstamo y del número de materiales en periodos vacacionales.

Préstamo colectivo

Las instituciones, entidades y asociaciones que lo deseen pueden ser beneficiarias del préstamo colectivo para atender a las necesidades de lectura o información de su personal o usuarios. Para ello deberán firmar un acuerdo con la biblioteca prestataria en el que se especificarán las condiciones del préstamo y las obligaciones por parte del beneficiario.

Normas del Préstamo Colectivo

  • La duración del préstamo colectivo será de un máximo de seis meses, renovable previa petición a la entidad prestataria.
  • Podrán llevarse un máximo de 50 documentos. La composición del lote la establecerá de común acuerdo la biblioteca y el responsable de la entidad depositaria, en función de la disponibilidad de la biblioteca y de las necesidades de los usuarios de la entidad.
  • Los beneficiarios del préstamo colectivo deberán retirar y devolver por sus medios y en el plazo establecido los materiales que les hayan sido prestados.
  • La institución, entidad o asociación deberá designar a una persona responsable de la gestión, custodia y difusión del fondo entre sus usuarios.
  • Se deberá devolver en el mismo estado los materiales retirados y, en su caso, reponer las pérdidas o deterioros de los materiales.

Para cualquier consulta sobre el préstamo colectivo y solicitar el carnet institucional, dirígase al correo electrónico: informacion.bp.hu.ccul@juntadeandalucia.es.

Préstamo interbibliotecario

Qué es

Este servicio permite al usuario acceder a documentos que no pertenecen a nuestro fondo, pero que se encuentran en otras bibliotecas. Este servicio tiene una gran importancia para las bibliotecas municipales de la provincia, de las que somos cabecera, pues pueden solicitarnos para sus usuarios libros o documentos que no poseen en sus salas, ya que cuentan con fondos más limitados.

Obras que se prestan

El servicio de préstamo interbibliotecario está limitado a libros y reproducciones de partes de documentos escritos, como artículos de revistas. Como en el caso del préstamo personal, quedan excluidas las siguientes obras:

  • Obras de consulta y referencia.
  • Fondo anterior a 1958.
  • Fondo de la sección local.
  • Fondos de reserva especiales.
  • Igualmente quedará excluido cualquier material cuyo préstamo afecte a la buena conservación del ejemplar.
  • Prensa y publicaciones periódicas.

Se ofrecerá reproducción de todos los materiales excluidos del préstamo interbibliotecario, salvo de aquellos en que la reproducción afecte a la buena conservación del ejemplar y siempre con estricta sujeción a la normativa en materia de propiedad intelectual.

Consulta

La biblioteca actúa en un doble sentido, de prestataria y de solicitante. En el caso de que nuestro centro actúe como biblioteca prestataria, el material objeto de préstamo interbibliotecario podrá ser consultado fuera de las dependencias de la biblioteca peticionaria. En el caso del material solicitado por nuestra biblioteca a otros centros, la consulta del mismo únicamente podrá realizarse fuera de nuestras dependencias en el caso de que la biblioteca que cede el material así lo autorice.

Plazo

El periodo de préstamo será de un mes, renovable por otro mes siempre que la renovación se solicite dentro del primer mes.

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