Secretaría General Técnica

Información general

Titular
María Jesús Gómez Rossi

Biografía

Es doctora y licenciada en Derecho por la Universidad de Sevilla. Con más de 20 años de experiencia profesional, ha desarrollado su labor en la Administración Pública de manera ininterrumpida desde el año 2000, primero, como jefa de asesoría jurídica y coordinadora del área de Urbanismo en la Administración Local, y después como jefa de servicio de Patrimonio de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Asimismo, ha sido durante tres años secretaria general técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y, posteriormente, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. Miembro del Instituto de investigación Clavero Arévalo, adscrito a la Universidad de Sevilla, ha formado parte también del Instituto de Investigación e Innovación en Turismo de las Universidades de Granada, Málaga y Sevilla (IATUR). Asimismo, es profesora asociada del departamento de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla desde 2011 e imparte cursos a personal de las distintas Administraciones Públicas. Es docente también en el Máster Propio Emprendedores en Comunicación y Moda de la Facultad de Comunicación de la Universidad de Sevilla.

Funciones

1. Corresponde a la Secretaría General Técnica el ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

2. En particular, en relación con la producción normativa y la asistencia jurídica, le corresponde:

a) El informe de los proyectos de disposiciones de carácter general que emanen de la Consejería y la coordinación o, en su caso, elaboración de las mismas dentro del ámbito de su competencia.

b) La instrucción y propuesta de resolución de los recursos administrativos, las reclamaciones por responsabilidad patrimonial, de los procedimientos de revisión de actos nulos y de declaración de lesividad de actos anulables.

c) La tramitación de los procedimientos sancionadores, sin perjuicio de las responsabilidades y competencias de los restantes órganos directivos y de los servicios periféricos de la Consejería.

d) La coordinación de las relaciones con los órganos jurisdiccionales, sin perjuicio de las que se atribuyen al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

e) La asistencia jurídica a todos los órganos de la Consejería.

f) Evaluación previa de la MAIN de los proyectos normativos antes de su iniciación.

g) La tramitación de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado de las disposiciones generales y actos administrativos de los órganos superiores y directivos centrales de la Consejería.

h) Control y seguimiento de los procedimientos administrativos telematizados inscritos en el Registro de Procedimientos y Servicios.

3. En relación con la contratación administrativa y patrimonio:

a) La gestión de la contratación administrativa, coordinando a estos efectos a los distintos órganos de contratación de la Consejería. La supervisión de los proyectos de obras de la Consejería, así como de sus modificaciones y liquidaciones, dependiendo de ella la Oficina de Supervisión de Proyectos, sin perjuicio de las atribuidas en relación con dichos proyectos e infraestructuras, dentro de sus respectivos ámbitos materiales, a otros órganos de la Consejería.

b) La gestión patrimonial de los bienes adscritos a la Consejería, así como el inventario de los bienes muebles e inmuebles, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia de patrimonio, y de las competencias atribuidas a otros órganos directivos en relación con los bienes que gestionan en ejercicio de las competencias que tienen atribuidas.

4. En relación con los recursos humanos, le corresponde:

a) La administración y gestión de los asuntos de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.

b) La representación en los órganos generales de personal correspondientes y las relaciones sindicales y acción social.

5. Le corresponde, en materia de gestión financiera y presupuestaria:

a) La elaboración del anteproyecto anual del presupuesto de la Consejería y su tramitación, el seguimiento de la ejecución de los créditos presupuestarios y la tramitación de sus modificaciones y autorizaciones preceptivas.

b) La gestión presupuestaria y del gasto dentro del ámbito de sus competencias, y el impulso de la ejecución presupuestaria de los órganos gestores de la Consejería, coordinando a estos efectos a los distintos organismos dependientes de esta.

c) La coordinación en materia de ingresos públicos.

6. Le corresponde, además:

a) Las funciones relativas a la Unidad de Igualdad de Género establecidas en el Decreto 275/2010, de 27 de abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de Género en la Administración de la Junta de Andalucía.

b) La dirección, ordenación y gestión del registro general, sin perjuicio de las competencias que le correspondan al órgano al que estén adscritas las oficinas de asistencia en materia de registros, así como el archivo central, y las funciones de información a la ciudadanía y documentación.

c) El régimen interior y la administración general.

d) Las compras y suministros, la gestión del parque móvil y la conservación de los edificios, instalaciones y equipos.

e) La tramitación, calificación y resolución de los procedimientos sustanciados en materia de registro de la propiedad intelectual, de acuerdo con la normativa aplicable.

f) La gestión de las marcas propiedad de la Consejería.

g) La implementación y seguimiento en el ámbito de la Consejería de las actuaciones en materia de publicidad institucional y de identidad corporativa.

h) La gestión de un sistema integrado de atención a la ciudadanía y la comunicación al ciudadano.

i) La elaboración, implantación, control, revisión y actualización del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería, sin perjuicio de las competencias que en la aplicación del mismo correspondan a otros órganos, centrales o periféricos de la Consejería.

j) La coordinación y seguimiento de las tareas necesarias para el cumplimiento de la legislación vigente en materia de seguridad de la información.

k) Cualesquiera otras competencias que le atribuya la legislación vigente.

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