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Luz verde a la Ley de Tasas, que actualiza una norma de 1988 y se adapta a la realidad de los servicios que presta la Junta de Andalucía

Juan Bravo destaca la aportación de todos los grupos políticos a la norma, que amplía los colectivos que se beneficiarán de exenciones

El Pleno de la Cámara Andaluza ha aprobado la Ley de Tasas y Precios Públicos de Andalucía, que actualiza la anterior norma que se remonta al año 1988 y que supone acabar con la dispersión de normas regulando las tasas en un único texto y adecuándolas a la realidad de los servicios públicos que presta la Administración de la Junta de Andalucía. "Era un Ley que contaba con 33 años y necesaria para modernizar nuestra Administración", ha destacado el consejero de Hacienda y Financiación Europea, Juan Bravo.

La Ley, elaborada por la Dirección General de Tributos de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, ha incorporado durante su tramitación parlamentaria un total de 29 enmiendas presentadas por todas las formaciones políticas, "sumando mejoras a la ley". El consejero de Hacienda ha agradecido a los grupos políticos el trabajo realizado y sus aportaciones, que ha redundado "en una ley mejor" y que ha ampliado el universo de beneficiarios de exenciones y bonificaciones.

Asimismo, ha destacado que la norma ha recibido el visto bueno de entidades de la sociedad civil, entre ellas, de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), la Federación Andaluza de Consumidores y Amas de casa de Al-Ándalus, la Federación de Consumidores de Andalucía, el Consejo de Transparencia y Protección de Datos y el Instituto de Academias de Andalucía, entre otros. Y cuenta, además, con el consenso de asociaciones que representan a los distintos sectores afectados, como la Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores (ASAJA), la Federación Andaluza de Caza (FEDECA) o la Asociación de Operadores de Telecomunicaciones Locales de Andalucía (ACUTEL).

La Ley establece un amplio abanico de beneficios fiscales para los mayores de 65 años, jóvenes, demandantes de empleo y recoge una consideración especial hacia las familias numerosas, las personas con discapacidad, la cultura, las víctimas de violencia y terrorismo, el mundo rural, la caza, la pesca, la tauromaquia y la ganadería, sin olvidar la apuesta por la transformación digital.

Para estos colectivos, la norma contempla, entre otros beneficios, la exención del pago de las tasas por expedición de títulos académicos y profesionales no universitarios, por los servicios académicos y administrativos de las Escuelas Oficiales de Idiomas, por enseñanza náutico-deportiva, así como por la inscripción en las convocatorias de la Junta de Andalucía para la selección de personal.

Como novedad y con el propósito de fomentar el uso de la administración electrónica, la Ley incorpora un beneficio fiscal aplicable a todas las tasas cuanto éstas se presenten de forma telemática.

Asimismo, en lo que respecta a las tasas que gravan las distintas formas de ocupación del dominio público, se recogen bonificaciones para promover la digitalización y el despliegue de infraestructuras de telecomunicaciones de determinadas zonas, especialmente las más despobladas, con el objetivo de solventar las dificultades que puedan obstaculizar la disponibilidad de servicios de conectividad de alta velocidad para toda la población.

La finalidad de esta ley no es recaudatoria, ya que las tarifas se establecen con objeto de sufragar el coste administrativo del servicio que presta la Administración, sin exceder el coste real del mismo, y cuyo abono corresponde al beneficiario del servicio. La actualización de la norma conlleva la supresión de aquellas tasas que gravaban servicios actualmente inexistentes, que han quedado obsoletos o que han pasado a ser competencia de otros niveles de la Administración, y la creación de otras como consecuencia de la prestación de nuevos servicios. Con la nueva norma, Andalucía se sitúa en la media de las tarifas tributarias del conjunto de las comunidades autónomas.