AMAYA-Tratamiento de las imágenes de los sistemas de videovigilancia de los edificios de la AGENCIA
Información general
Organismo
Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P.
Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P.
Responsable del tratamiento
Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P.
Finalidad
Garantizar la seguridad de personas, bienes e instalaciones, mediante grabación de imágenes por cámaras de seguridad.
Delegado de protección de datos
dpd.amaya@juntadeandalucia.es
Interesados
Empleados, proveedores, ciudadanos, otros.
Datos personales
Datos identificativos (Imagen)
Cesiones de datos
AMAYA contempla la posible cesión de las imágenes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y demás autoridades para la investigación de posibles infracciones.
Transferencias internacionales
No están previstas transferencias internacionales de los datos.
Periodo de conservación
Los datos recabados se conservarán durante un mes desde su captación.
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de seguridad de la información de la Consejería.
Base jurídica
"RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía"
LOPDGD: 22) Tratamientos con fines de videovigilancia.
Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
LOPDGD: 22) Tratamientos con fines de videovigilancia.
Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
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