CSALUD-VENTA, DISTRIBUCION Y FABRICACIÓN A MEDIDA DE PRODUCTOS SANITARIOS

Información general

Organismo
Sanidad, Presidencia y Emergencias
Responsable del tratamiento
DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y ORDENACIÓN FARMACÉUTICA
Procedimiento asociado
1/CSAL/1152 1/CSAL/11946
Finalidad
Tener un registro tanto de las licencias de funcionamiento de las empresas dedicadas a la fabricación de productos sanitarios a medida, como de las comunicaciones de distribución y venta de productos sanitarios. Tener una base de datos con la información que estén obligadas a suministrar las personas físicas o jurídicas que se dediquen a las actividades de distribución y venta de productos sanitarios. Aportar información a las autoridades sanitarias de la Comunidad Autónoma andaluza para el ejercicio de las funciones de vigilancia e inspección de las actividades de distribución y venta de productos sanitarios, y en su caso cosméticos.
Delegado de protección de datos
AVDA. DE LA INNOVACIÓNº 5, EDIFICIO ARENA 1. 41020-SEVILLA. TLF:955006300 dpd.csalud@juntadeandalucia.es

Interesados

Personas dedicadas a venta, distribución o fabricación a medida de productos sanitarios, y en su caso cosméticos.

Datos personales

Nombre y apellidos, DNI/NIF/Documento identificativo, dirección, firma, teléfono, formación o titulación académica. Otros datos: los recogidos en la comunicación o solicitud de licencia.

Cesiones de datos

Ministerio de Sanidad

Transferencias internacionales

No están previstas

Periodo de conservación

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

Base jurídica

RGPD: arts 6.1.c (Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento) y 6.1.e (Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento). Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía (art 19.1), Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública (Capítulo IX) , Real Decreto 192/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan los productos sanitarios, Real Decreto 85/2018, de 23 de febrero, por el que se regulan los productos cosméticos.
Índice