CSALUD-REGISTRO ANDALUZ DE BIOBANCOS CON FINES DE INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA

Información general

Organismo
Presidencia, Sanidad y Emergencias
Responsable del tratamiento
Viceconsejería
Procedimiento asociado
1/CSC/6196
Finalidad
Gestión del Registro Andaluz de biobancos con fines de investigación biomédica.
Delegado de protección de datos
AVDA. DE LA INNOVACIÓN, N.5. 41020-SEVILLA. TLF:955006300 dpd.csalud@juntadeandalucia.es

Interesados

Personal de la Consejería de Salud y de las empresas públicas dependientes.

Datos personales

Nombre y apellidos, NIF, dirección, teléfono, datos académicos y profesionales, correo electrónico

Cesiones de datos

Otros órganos de la Administración del Estado.

Transferencias internacionales

No prevista.

Periodo de conservación

Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación

Medidas de seguridad

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

Base jurídica

Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica. Decreto 1/2013, de 8 de enero, por el que se regula la autorización para la constitución y funcionamiento de Biobancos con fines de investigación biomédica, se crean el Registro de Biobancos de Andalucía y el Biobanco del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
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