CSALUD-REGISTRO ANDALUZ DE BIOBANCOS CON FINES DE INVESTIGACIÓN BIOMÉDICA
Información general
Organismo
Presidencia, Sanidad y Emergencias
Responsable del tratamiento
Viceconsejería
Procedimiento asociado
1/CSC/6196
Finalidad
Gestión del Registro Andaluz de biobancos con fines de investigación biomédica.
Delegado de protección de datos
AVDA. DE LA INNOVACIÓN, N.5. 41020-SEVILLA. TLF:955006300 dpd.csalud@juntadeandalucia.es
Interesados
Personal de la Consejería de Salud y de las empresas públicas dependientes.
Datos personales
Nombre y apellidos, NIF, dirección, teléfono, datos académicos y profesionales, correo electrónico
Cesiones de datos
Otros órganos de la Administración del Estado.
Transferencias internacionales
No prevista.
Periodo de conservación
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.
Base jurídica
Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica. Decreto 1/2013, de 8 de enero, por el que se regula la autorización para la constitución y funcionamiento de Biobancos con fines de investigación biomédica, se crean el Registro de Biobancos de Andalucía y el Biobanco del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Índice
La Junta